Luego de conocerse las acciones que se emprendieron en contra de los diputados del departamento de Amazonas por las aparentes irregularidades que se presentaron al realizarse un pago a su favor de primas relacionadas con el ejercicio de su labor en la aportación departamental, se generaron reacciones por parte de los diputados del Tolima sobre esta delicada situación.
Inicialmente se aclaró por parte del diputado Alejandro Martínez, que todos los diputados en Colombia sin excepción y a diferencia de las concejos municipales, gozan de una calidad de servidores públicos, por lo que por ley se ven cobijados con varios beneficios como lo es el pago de primas de mitad de año, prima de navidad, pensión, entre otros, por lo que cualquier investigación que se genere al respecto pierde fundamento ante la denominada ley Sexta o May de Diputados, la cual fue fortalecida por el ex presidente Juan Manuel Santos.
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Martínez señaló que el caso de los diputados del Amazonas no se asemeja en nada a los señalamientos que se presentaron en su momento en contra de los diputados tolimenses, ya que a la corporación departamental del Tolima se le cuestionó el porqué de los pagos de primas a los diputados, más no el porqué de determinadas cantidades, como si ocurre en el caso de sus colegas del sur del país.
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El diputado Conservador reiteró que está discusión sobre el pago de las prestaciones sociales a los diputados a generado pronunciamiento de altos tribunales como el contencioso administrativo en el Tolima.
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Por su parte Jorge Duque, señaló que el caso específico de los diputados de Amazonas, la investigación que se les adelanta es por un presunto error en el cálculo para determinar el monto a pagar a cada asambleísta, caso contrario al del Tolima, donde se cuestionó el pago de las primas a los integrantes de la corporación departamental.
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Al igual que su compañero de recinto, el diputado del partido MIRA, aseguró que la ley de Diputados está vigente desde el año 2000, pero que sólo hasta el gobierno Santos se buscó una forma de regular estos pagos de prestaciones sociales, para no incurrir en irregularidades en los pagos de sus derechos prestacionales que den lugar a investigaciones de las autoridades.
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