Lo que debe saber del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas
Según el articulo 512-15 del estatuto tributario y la Ley1819 de 2016, a partir del 1 de julio del presente año, estará sujeto al impuesto nacional al consumo, la entrega a cualquier título de bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen.
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¿Quiénes son responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas?
Los responsables de IVA, pertenecientes al Régimen común. Deberán de actualizar el Rut, con la responsabilidad 33, dentro del mes siguiente al momento en que se convierta en responsable del INCBP, si no lo hacen; se expondrán a una sanción de 1 UVT, por cada día de atraso.
También, deberán presentar declaración bimestral en el formulario 310 y a diferencia del IVA, se debe presentar la declaración, así sea en ceros. Además, aunque la declaración se puede presentar sin pago, el contribuyente que no realice el pago, dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar, se expone a la sanción penal estipulada en el articulo 339 de la Ley 1819 de 2016.
¿Cómo se liquida el Impuesto Nacional al Consumo de Bolsas Plásticas?
La Ley 1819 estableció que para el año 2017 se pagará $20 por cada bolsa plástica. El valor se incrementará en $10 por cada año hasta el año 2020, en el cual se pagará $50 por cada bolsa plástica.
En la factura de compra o documento equivalente que expida el comerciante o vendedor con ocasión de la venta de bienes, deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado. si el responsable del INCBP, no lo realiza se expone a la sanción estipulada en el artículo 339 de la 1819 de 2016.
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¿Únicamente se cobra el impuesto de 20 pesos o los establecimientos pueden cobrar valor adicional por el costo de la bolsa?
El Impuesto Nacional al Consumo de bolsas plásticas (INCBP), es de $20 para el año 2017. Cada establecimiento decide si vende la bolsa o la entrega gratuitamente, asumiendo este gasto, como se hacía normalmente. Así que revisemos la factura y verifiquemos si nos están vendiendo la bolsa, de esa manera podremos exigir que no tengan publicidad alguna.
¿Cuáles bolsas plásticas no generan impuesto? artículo 512-6 e.t.
Aquellas cuya finalidad no sea cargar o llevar productos adquiridos en el establecimiento que la entrega.
Las que sean utilizadas como material de empaque de los productos pre-empacados. Como, por ejemplo, aquellas para las depositar las frutas en los supermercados.
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Las biodegradables certificadas como tal por el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, con base en la reglamentación que establezca el Gobierno Nacional.
Las bolsas reutilizables, que, conforme a la reglamentación del Gobierno Nacional, posean unas características técnicas y mecánicas que permiten ser usadas varias veces, sin que para ello requieran procesos de transformación.
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