Ante los hechos de inseguridad en el centro del Huila en el municipio de Garzón, el Alcalde Francisco Calderón, emitió el Decreto Nº 064 de 2024 en donde se restringe y prohíbe la presencia de menores de edad en los parques, escenarios y vía pública desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana.
Calderón indicó que “más del 85% de los actos delictivos son con menores de edad, algunos con consentimiento y otros no y es una preocupación grande, esta media va transversal con el decreto que emitimos el 4 de enero en donde prohibimos el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos”.
“La medida tiene como único propósito de disminuir la inseguridad y la recuperación del tejido social en el municipio de Garzón, que todos se vinculen para garantizar la seguridad, los padres de familia son fundamentales para proteger los niños”, dijo Calderón.
Respecto a los menores una vez ellos sean encontrados después de las 10 de la noche serán conducidos con todas las garantías con comisarías de familia, policía de infancia y adolescencia, inspección de policía y los padres que no acaten esta medida serán sancionados.
El decreto no cobija a los jóvenes que demuestren ser estudiantes de jornada nocturna en instituciones educativas específicas, como la Universidad Surcolombiana (USCO) o el Centro Agroempresarial y Desarrollo Pecuario del Huila (SENA-Garzón). Estos estudiantes podrán movilizarse hasta las once y treinta de la noche, siempre y cuando presenten el carné correspondiente que los acredite como tales y aquellos que estén acompañados de los padres de familia.
De igual manera se prohíbe la utilización del porte de armas de fuego tipo traumáticas, acatando las directrices que adopten las autoridades militares competentes, con el fin de mantener el orden público.
La Policía Nacional, la Secretaría General y de Convivencia Ciudadana, y la Inspección de Policía, son los responsables de hacer cumplir lo dispuesto en el Decreto, y para ello podrán realizar los operativos de rigor en toda la jurisdicción y procederán a aplicar las medidas correctivas establecidas en el parágrafo 1º del artículo 180 de la Ley 1801 de 2016, y las demás adicionadas mediante el artículo 39 de la Ley 2197 de 2022, cuya graduación dependerá del comportamiento de la comunidad.
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