Tener dinero no es un delito, el problema es cuando se tiene que justificar su origen, llámese pesos o moneda extrajera; estas divisas deben ser demostradas su legalidad, de ahí que en Colombia se penaliza el lavado de activos, cuando no se justifica como ingresaron estos recursos al patrimonio, y es que son muchos los delitos que se generan por no poder indicar el origen de las divisas y que afectan las arcas de nuestro país como la Dian, evasión de impuestos, o lo más grave "Lavado de Activos”, cuando las personas intentan legalizar estos recursos económicos.
Es así que en las últimas horas se dio captura en flagrancia a dos mujeres se desplazaban como pasajeras en un bus de servicio público cuando fueron requeridas para una inspección corporal voluntaria, hallándoseles el dinero adheridos a su cuerpo, distribuido en varios fajos de billetes.
Las dos mujeres se desplazaban en la vía Gigante - Garzón, al ser requisadas se les halló en su poder 280 millones de pesos sin que pudieran soportar la procedencia legal, siendo capturaron en flagrancia por el presunto delito de lavado de activos, pues no justificaron su procedencia de estos recursos.
Las dos personas capturadas fueran puestos a disposición de la autoridad competente y tras las audiencias preliminares el juez de control de garantías dicto medida no privativa de la libertad.
Las autoridades en cabeza de las tropas del Batallón Pigoanza de la Novena Brigada y personal del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, insisten a los ciudadanos a que no se dejen embaucar con un dinero fácil que le puede ocasionar cárcel.
Que dice el código penal en referencia al Lavado de activos; que está consagrado en el artículo 323 y con qué conductas se genera este delito para que usted queridos lectores no cometan estos errores: “ el que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene conserve, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, tráfico de menores de edad, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, delitos contra el sistema financiero, delitos contra la administración pública, o vinculados con el productos de delitos ejecutados bajo concierto para delinquir , o les dé a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá por esa sola conducta, en prisión de diez (10) a treinta (30) años y multa de seiscientos cincuenta (650) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
No se deje engañar y recuerde: cada vez que le ofrezcan este tipo de favores no pierdan la memoria y lean el código penal para que entiendan cuáles son sus consecuencias.