Cielo González y Aguardiente Doble Anís
Cielo González y Aguardiente Doble Anís.
Colprensa
4 Mar 2025 09:46 AM

Ratifican condena por celebración indebida de contratos a exgobernadora del Huila, Cielo González Villa

Paula Andrea
García Cerón
En la misma decisión, la Sala declaró la prescripción del delito de falsedad ideológica en documento público.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra la exgobernadora del Huila, Cielo González Villa, por su participación en la celebración indebida de contratos. La decisión, tomada por la Sala Plena, también declaró la prescripción del delito de falsedad ideológica en documento público dentro del mismo proceso. 

El caso está relacionado con la concesión para la producción y comercialización del aguardiente Doble Anís. En 2011, el departamento del Huila abrió una licitación pública para adjudicar el contrato, pero con la llegada de González Villa a la Gobernación, el proceso fue suspendido. En su lugar, la administración optó por la contratación directa y firmó tres convenios interadministrativos con la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA). 

Según la Sala, la exgobernadora y su equipo no podían desconocer los principios de la contratación estatal, como la selección objetiva y la transparencia. De hecho, la Contraloría Departamental había emitido alertas sobre posibles irregularidades en el proceso.

La providencia destaca que la exfuncionaria favoreció a la FLA en reiteradas ocasiones, diseñando estudios previos ajustados a su medida e imponiendo plazos cortos que limitaron la participación de otras licoreras. 

El fallo enfatiza que aunque la contratación fue con una empresa pública, esta recibió un trato preferencial, lo que afectó la competencia y perjudicó a otras compañías que pudieron haber participado en igualdad de condiciones, ya que “favorecer a una de estas empresas con una contratación amañada es tanto como hacerlo con un particular”.

Debido a la prescripción de uno de los delitos imputados, la Corte ajustó la pena a 74 meses de prisión, junto con una multa de 218 salarios mínimos mensuales de 2012 y una inhabilidad para ejercer cargos públicos por 83.7 meses.

Asimismo, indicó que se debía  precluir la actuación adelantada en contra de la exgobernadora respecto del concurso homogéneo del delito de Falsedad ideológica en documento público, por haber operado el fenómeno de la prescripción, así como confirmar en lo demás y por las razones expuestas, el fallo impugnado.

Alerta Tolima te mantiene informado, tus comentarios, denuncias, historias son importantes para nosotros, conviértete en nuestros ojos donde la noticia se esté desarrollando, escríbenos al WhatsApp a través de este link

 

¿Quieres mantenerte informado? Agrégate a nuestro Grupo de Noticias haciendo clic aquí 

Fuente
Sistema Integrado de Información