Policía Tolima lanzó la campaña, “No juguemos con la línea de emergencia 123”
El Departamento de Policía Tolima a través de las diferentes capacidades del servicio y la mesa técnica, desde este momento en cabeza del señor Coronel Néstor Raúl Cepeda Cifuentes, realiza el lanzamiento de la campaña denominada ‘No juguemos con la línea de emergencia 123’, esto con el fin de generar la sensibilización para el buen manejo de la línea de emergencia a disposición de la comunidad para la atención de necesidades que ponen en riesgo la seguridad y la convivencia ciudadana de todos los Tolimenses.
La Línea de emergencia 123, es una herramienta que permite la atención de manera oportuna de cualquier requerimiento ciudadano en tema de seguridad y convivencia ciudadana.
Actualmente, esta línea recibe un promedio de 298 llamadas diarias, representado en 4.468 llamadas en lo corrido del mes de enero y febrero, de las cuales nuestros uniformados han atendido profesionalmente los requerimientos ciudadanos.
Es de resaltar que, más de 1.701 llamadas recibidas a esta línea de emergencia ha dado como resultado un balance positivo en la atención oportuna de emergencias; de igual forma, ha permitido el despliegue de campañas institucionales para el fortalecimiento de la seguridad y la convivencia ciudadana, empleando estrategias de prevención ante los diferentes hechos que afectan la tranquilidad de los Tolimenses.
Sin embargo, se está presentando un comportamiento contrario, donde se evidencia que más de 959 llamadas recibidas por la Policía, pertenecen a menores de edad o personas adultas realizando bromas o enviando información falsa por casos de emergencia.
Recordemos que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en su artículo 35 numeral 7 reglamenta este tipo de conductas; por ello, quien incurra en este comportamiento contrario será objeto de una amonestación u orden de comparendo tipo cuatro, el cual tiene un valor de $926.320.
Es de anotar que las multas impuestas por ocurrencia de los comportamientos señalados en artículo 35 numeral 7 se pueden llegar a cargar a la factura de cobro del servicio de la línea telefónica de donde se generó la llamada.