Ratifican condena a 'cerebro' de desfalco en Juegos Deportivos Nacionales de Ibagué
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no admitió para su estudio un recurso que pretendía tumbar la condena a 27 años de prisión impuesta al abogado Orlando Arciniegas, considerado el 'cerebro' del desfalco de los Juegos Nacionales de Ibagué.
La Corte indicó, "Las críticas del demandante a la actuación de su antecesor en la defensa de Orlando Arciniegas son subjetivas y sólo muestran disconformidades sobre el actuar de su predecesor y no acredita la vulneración del derecho a la defensa que alega, razón por la cual el cargo se inadmitirá".
Debido a esto, la pena impuesta a Arciniegas Lagos queda intacta. Este caso remonta a 2013 y 2014 cuando Arciniegas actuaba como representante legal de la Empresa asesorías y cobranzas integrales de Colombia ‘ACIS, SAS’, que celebró dos contratos con la Secretaría de Hacienda Municipal de la ciudad de Ibagué.
Se conoció que los contratos tenían como objeto la estructuración jurídica de los procesos contractuales de las obras públicas para la construcción de los escenarios deportivos de los XX Juegos Nacionales y los IV Juegos deportivos paranacionales, que debían llevarse a cabo para el año 2015.
Arciniegas se reunió con el particular Wilmer Manchola; con Luis Uribe, representante legal de la empresa española Sociedad Técnica y Proyectos S. A. ‘TYPSA S. A.’; y con Jorge Navarrete Laverde, jefe de licitaciones de la misma empresa, según el expediente, para favorecer a Typsa en dichos contratos. Al punto que se pactó el valor total y se amañaron los pliegos de condiciones.
Según el expediente, también se acordó "la cantidad de dinero que TYPSA debía pagar por concepto de coimas, suma que en principio establecieron en un valor de $1.776.000.000 que equivalían al 15% del contrato de consultoría, el cual ascendió a la suma de $11.499.520.800".
Cabe anotar que en este caso, la defensa de Arciniegas alegaba una presunta vulneración de derechos en el proceso, entre otros, porque en 2016 había celebrado un preacuerdo con la Fiscalía que luego se retiró. No obstante, la justicia señaló que esa fue una decisión de la Fiscalía que nunca llegó a examen de jueces.
La Corte recordó que en la audiencia de aceptación de cargos, "la Fiscalía aclaró que la aplicación del principio de oportunidad, como bien lo sabía la defensa y el acusado Orlando Arciniegas Lagos se adelantaba dentro de otras investigaciones que cursan en contra de este, sin tener efectos dentro de la aceptación de cargos que se realizaba; situación que la defensa y el acusado asintieron y no controvirtieron".
La Sala Penal de la Corte manifestó, "Así las cosas, de ninguna manera se acredita en la demanda el alegado vicio del consentimiento y, por el contrario, al contrastar la realidad procesal, se advierte que fue el acusado quien, debidamente asistido por su defensor, interrumpió el curso de la audiencia preparatoria para manifestar que era su voluntad aceptar los cargos de manera consciente, libre y voluntaria"