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15 Mayo 2019 08:08 AM

Tribunal condenó a médico cirujano y solicitó millonario pago a paciente

Alerta
Tolima

Así fue la decisión establecida por el Tribunal de Ibagué de la Sala Civil y de Familia en contra del médico cirujano de nombre Luis Guillermo García Barrero, a quien se le vinculó como el responsable de un mal procedimiento durante la operación de extracción de la vesícula, en el cual dejó un objeto quirúrgico al interior del cuerpo de una paciente cuando fue atendida en la Clínica Nuestra.

Los hechos ocurrieron en el año 2013 cuando la paciente con 19 años de edad en aquel entonces, arribó al hospital con fuertes dolores abdominales, tras unos exámenes se determinó practicarse una colecistectomía, pero al cabo de unos meses, la joven volvió con quebrantos de salud donde García Barrero - quien le había practicado la cirugía - la remitió a un médico especialista para una ecografía abdominal, donde se determinó la presencia de algo extraño.

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Posteriormente, se le realizó un procedimiento para la búsqueda de enfermedades o cuerpos extraños en el abdomen, dando como resultado una supuesta inflamación pélvica, resultado entregado por parte de la médico Geanny Mogollón, a quien también se le vincula al caso. Sin embargo, la paciente tuvo una grave complicación de salud y en el 2014, fue llevada a urgencias al Hospital Universitario de Neiva Hernando Moncaleano Perdomo, donde le hicieron una anastomosis, ya que el objeto se había adherido, provocando una grave infección, ocasionando la extracción de una parte de su colon.

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Por ende, el Tribunal de Ibagué falló a favor de la víctima, en el cual la EPS Salud Total deberá reconocerle un total de $103 millones de pesos como indemnización y en cuanto al médico cirujano, se le condenó por el delito de lesiones personales culposas y, se espera una pronta solución en contra de la profesional Geanny Mogollón, quien le había dado un diagnóstico erróneo.

SALUD TOTAL RESPONDE

Ante lo estipulado por parte del Tribunal de Ibagué de la Sala Civil y de Familia, los voceros de la entidad Salud Total afirmaron que la EPS como asegurador, acreditó el cumplimiento de la carga que le correspondía hacia la prestación de servicios de su afiliada, aclarando que la condena se hace bajo el principio de solidaridad hacia la EPS.