Ley de cadena perpetua no podrá estrenarse con abusador de niños en Medellín
Aunque muchos sectores estaban a la espera de que la norma pudiera estrenarse con el responsable de los casos de abuso sexual cometidos contra varios menores en un centro infantil de Medellín, ello no podrá ocurrir.
Así lo señalaron varios congresistas que impulsaron el proyecto, tras advertir que las leyes penales no son retroactivas y mucho menos si se trata de una norma más perjudicial.
El senador Miguel Ángel Pinto afirmó que “esta ley empieza a regir a partir de la sanción, esta norma no es retroactiva, desafortunadamente para el caso tan connotado de Medellín se aplicarán las normas vigentes hasta el día de hoy y no lo cobija esta ley que empezará a regir a partir del momento en que el señor presidente de la República la sancione”.
El representante Juan Carlos Wills, otro de los impulsores del proyecto, lamentó que el caso no vaya a tener esta sanción ejemplar, pero celebra que la justicia ya cuente con este nuevo instrumento.
“Lamentable es que en este caso no podamos utilizar esta ley que sanciona el presidente para regular la cadena perpetua para abusadores de niños en Colombia, pero por lo menos nos genera la tranquilidad a los colombianos que tenemos una ley fuerte contra estos criminales a quienes le vamos a imponer la pena máxima”, manifestó.
Por su parte, el representante a la Cámara César Lorduy, sostuvo que es lamentable que se sigan presentando estos execrables hechos contra los menores.
“Esa sanción de la ley de cadena perpetua no es retroactiva, la ley penal en ningún aspecto es retroactiva, al menos que considere aspectos de carácter favorable. Apenas se sancione la ley, un minuto después un violador o abusador que le cause un daño a un niño, podrá ser sancionado con la cadena perpetua”, añadió.
La nueva ley de prisión perpetua para violadores de niños establece que las penas podrán ser revisables a los 25 años, sin que ello signifique que los condenados por estos hechos puedan salir de la cárcel en ese tiempo.