Alcaldes deberán controlar la propaganda electoral en espacios públicos en el Tolima
La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, recordó a los alcaldes y alcaldesas distritales y municipales sus deberes en materia de propaganda electoral en espacios públicos, durante los procesos que se adelantarán en el 2022.
Con ocasión de las elecciones de congreso, presidente y vicepresidente de la República, y las consultas para toma de decisiones o escogencias de candidatos previstas para el próximo año, a través de la Circular 019 de 2021, la jefe del Ministerio Público instó a los mandatarios y a las dependencias encargadas del control de la propaganda exterior visual a regular y registrar la fijación de la propaganda electoral.
Ante la infracción de las normas sobre publicidad electoral exterior visual solicitó aplicar las medidas correctivas y las sanciones correspondientes, al tiempo que solicitó a estos funcionarios a atender lo dispuesto por el Consejo Nacional Electoral en cuanto al tamaño y número máximo de vallas que podrían fijarse durante las campañas electorales.
En ejercicio de la vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, la Procuradora advirtió que los alcaldes y alcaldesas distritales y municipales deberán “Informar a los Comités de Control Electoral, por medio de las personerías, de las actuaciones administrativas alusivas a la aplicación de medidas correctivas imposición de sanciones como consecuencia de la transgresión de las normas sobre propaganda electoral exterior visual”.
Así mismo, enfatizó que los Comités Provinciales o Distrital de Control Electoral o, en su defecto, los Comités Regionales donde no existan procuradurías provinciales, serán los responsables de verificar la expedición de los actos administrativos referentes a la regulación de la propaganda en espacios públicos contemplados en la Ley 130 de 1994.
Finalmente, convocó a la ciudadanía para que ejerza el control social y se convierta en veedora permanente de los procesos electorales, e informe a las autoridades cualquier situación violatoria de las normas sobre propaganda electoral y publicidad exterior visual.