Tribunal ordena reintegrar a funcionaria de la alcaldía de Anzoátegui nombrada en provisionalidad
Durante la lectura de fallo, el Tribunal Administrativo del Tolima en días pasados dio a conocer que confirmaba la decisión tomada por el Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué, quien le ordenó a la alcaldía de Anzoátegui reintegrar a Piedad Salazar Restrepo al cargo que estaba ocupando o a otro de mejores condiciones.
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Esta determinación se tomó luego que la mujer demandara a la alcaldía municipal la cual la había retirado en el año 2013 de su cargo sin explicación alguna, por lo que durante el desarrollo del proceso, se estableció que el Decreto donde se terminó el contrato con ella, carecía de motivación.
En la sentencia, el Tribunal dio a conocer que quienes son nombrados en provisionalidad tienen una estabilidad relativa, ya que si no tienen todas las condiciones con las que cuenta uno de propiedad, se debe demostrar de manera legal la insubsistencia de alguien y con razones legales que garanticen los derechos del trabajador.
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Así mismo, la sentencia indicó que los empleos de provisionalidad no pueden ser similares al libre nombramiento y remoción, como se había dicho por parte de Anzoátegui al momento de despedir a la funcionaria, por lo que la motivación debe ser justificada.
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Es así como el fallo en primera instancia, ordenó a la alcaldía reintegrar a Piedad Salazar a su cargo y además deberá cancelarle los salarios y prestaciones sociales que devengaba desde el momento en que la despidieron hasta la actualidad.
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