Operador Claro
Operador Claro
Iván Hernández/ RCN Radio
24 Oct 2021 09:25 AM

Imponen millonaria multa a Claro por usar información de millones de personas sin autorización  

Laura
Rodríguez Hernández
La SuperIndustria dijo que Claro obtuvo información de los ciudadanos para realizar captación masiva de clientes de otros operadores.

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la empresa Claro (Comunicación Celular S.A. - Comcel S.A.) con una multa de $950 millones por haber utilizado la base de datos de portabilidad numérica, donde se encuentran registrados la totalidad de los números de telefonía celular en el país para realizar campañas masivas de marketing para la captación de nuevos clientes.  

La entidad explicó que en Colombia existe una base de datos de portabilidad numérica creada por la en 2008 y reglamentada en 2016 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, cuya finalidad específica es la de lograr con la interacción de la totalidad de los operadores de telefonía celular, la consecución de la portabilidad numérica de acuerdo con el plan nacional de portabilidad bajo criterios técnicos estandarizados.

No obstante, señaló que Claro aprovechó el acceso a dicha base de datos y obtuvo información de millones de personas para realizar una captación masiva de clientes de otros operadores sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares y con una finalidad absolutamente distinta la establecida en la Ley.  

En ese sentido, la SIC afirmó que “se logró establecer que entre enero de 2020 y abril de 2021, la empresa efectuó alrededor 7.425.820 llamadas no autorizadas a usuarios de otros operadores realizando un tratamiento indebido a la información contenida en la base de datos de portabilidad numérica y generando ganancias que ascienden aproximadamente a $13.416.000.000 como ganancia total presuntiva generada por el uso indebido de la base de datos de portabilidad numérica”.  

Esa entidad ordenó a la compañía abstenerse de continuar utilizando los números telefónicos contenidos en la base de portabilidad numérica para realizar campañas de marketing o telemercadeo para la captación masiva de clientes de otros operadores de telefonía celular, además de que elimine de sus bases de datos la información obtenida de la base de datos por portabilidad numérica para fines de marketing. Para el efecto, la empresa de telefonía cuenta con un plazo de 90 días siguientes a la ejecutoria de la resolución.  

Por último, la SuperIndustria ordenó remitir copia de la actuación administrativa para lo de su competencia a: Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones de la Delegatura de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio y la Comisión de Regulación de Comunicaciones.  

Fuente
Sistema Integrado de Información