Mediante una sentencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumbó la actuación de la Superintendencia de Transporte en donde impuso una sanción de $451 millones a la compañía Uber Colombia S.A.S.
“La Nación – Ministerio de Transporte – Superintendencia de Puertos y Transporte a restituirle a Uber Colombia S.A.S., la suma de $451.045.000, la cual fue pagada por Uber Colombia S.A.S. el 11 de marzo de 2016”, precisa el fallo.
Según sostuvo el Tribunal, la Superintendencia de Transporte, “carecía de competencia para expedir dicha Resolución”, por lo que ahora deberá devolver la suma de la sanción más intereses.
Los magistrados determinaron que no se debe confundir la ausencia de regulación normativa para ejercer sus labores con la prestación de los servicios.
“Una cosa es prestar el servicio de transporte por aplicación en ausencia de regulación normativa, originada en la innovación tecnológica, y otra, diferente, conformar una empresa prestadora de servicios de tecnología”, afirma el documento.
De igual forma se refirió a la incorporación de plataformas tecnológicas en el país indicando que en Colombia se permite la incorporación de estas compañías.
“El Gobierno permite la incorporación de las plataformas tecnológicas para que las empresas de transporte autorizadas en Colombia, presten sus servicios, atendiendo al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones”, indica el documento.
Por su parte la Superintendencia de Transporte indicó que con respecto a la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, considera que esta decisión es un fallo de primera instancia e informó que ya se interpuso el recurso de apelación.
El valor deberá ser reintegrado e indexado entre la fecha de pago y la fecha de ejecutoria de la sentencia, con fundamento en la variación del índice de precios al consumidor.