Exclusivo: Datos desconocidos de las investigaciones contra funcionarios de la gobernación por contratos Covid-19
Después de conocer el anuncio oficial de la Procuraduría General de la Nación sobre la apertura de una investigación preliminar en contra de 11 funcionarios de la Gobernación del Tolima por presuntas irregularidades en la contratación pública para atender la emergencia sanitaria por cuenta de la pandemia Coronavirus Covid-19, la redacción de Alerta Tolima y las noticias Populares de la Cariñosa, tuvo acceso exclusivo al archivo del proceso, el cual revela datos hasta ahora desconocidos de las investigaciones y quiénes están vinculados como supervisores de los siete contratos adelantados por el gobierno Departamental por una suma cercana a los $16.000 millones de pesos.
Según el documento, la Procuraduría General investiga las presuntas irregularidades en el proceso de selección, perfeccionamiento y legalización, ejecución, terminación, liquidación, supervisión contractual, posibles sobrecostos, acciones especulativas, intermediación innecesaria e irregularidades en la vigilancia y control de la gestión contractual, referente específicamente a 7 contratos para afrontar la emergencia sanitaria, económica, social y ecológica por causa del coronavirus COVID-19 a partir del 24 de marzo de 2020
Así las cosas el organismo de control disciplinario procederá a la acumulación de indagaciones preliminares, apertura de investigación disciplinaria, orden de suspensión provisional de funcionario y solicitud de suspensión de ejecución de contratos.
Funcionarios investigados
1. Gobernador del Tolima, José Ricardo Orozco Valero, en su calidad de ordenador del gasto y representante legal contractual delegante, por las presuntas irregularidades en la gestión de control y vigilancia de las funciones delegadas en el comité de administración del FOMETOL y la Secretaría de salud departamental.
2. Santiago Barreto Triana como Secretario general y de apoyo a la gestión quien preside el comité, Adriana Alexandra Márquez Ramírez, Secretaria de salud quien ejerce además de la ordenación del gasto la secretaría técnica del comité, José Luciano Bolívar Torres, Secretario de Inclusión Social Poblacional, Fredy Torres Cerquera, Secretario de Ambiente y Gestión del Riesgo y Alexander Tovar González, Secretario del Interior, en su calidad de miembros indelebles del comité de administración del FOMETOL, por las presuntas irregularidades en el control y vigilancia del objetivo del Fondo, la determinación de las actuaciones administrativas, financieras y contractuales a cargo del mismo y demás funciones del comité.
3. Adriana Alexandra Márquez Ramírez, en su calidad de Secretaria de salud departamental y en tal, como ordenadora del gasto y representante legal delegada para la contratación y expedición de los actos administrativos necesarios para administrar el fondo, conjurar la emergencia y atender a la población del departamento, por las presuntas irregularidades en la estructuración, etapa precontractual y celebración de los contratos N° 0493, 0494, 0495, 0496, 0497, 0527 y 0531 de 2020.
4. Ximena del Pilar Pérez Henao, en su calidad de Directora de la Dirección de contratación departamental, por las presuntas irregularidades en el proceso de estructuración, celebración, perfeccionamiento y legalización de los contratos N° 0493, 0494, 0495, 0496 y 0497 del 26 de marzo de 2020 y 0527 y 0531 del 1° de abril de 2020.
5. Camilo Ernesto Valencia Agudelo, Jefe de Prensa de la gobernación del Tolima, Aldo Eugenio Beltrán Rivera, profesional universitario Secretaría de Salud, Gilma Lucía Peña Daza, Directora de Seguridad Social y Director de Infancia y Juventud Secretaría de Inclusión Social población, Edwin Augusto Rivera Loaiza y Gustavo Adolfo Castaño Ríos, en sus condiciones de supervisores de los contratos N° 0493, 0494, 0495, 0496, 0497, 0527 y 0531 de 2020, por las presuntas irregularidades en la supervisión de la ejecución, terminación y liquidación de estos.
De acuerdo a lo anterior, se practicarán pruebas, para lo cual se comisiona a la Procuradora regional del Tolima por el término de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de remisión de la comisión, quienes tendrán amplias facultades para subcomisionar y bajo los criterios establecidos en la Resolución N° 0163 del 13 de abril de 2020 de la PGN en concordancia con el Código disciplinario único – Ley 734 de 2002.
Actuaciones a seguir:
1. Realizar visita especial a la Gobernación del Tolima y requerir, recibir y remitir a este Despacho con destino al expediente de manera física y digital.
2. Realizar visita especial a León gráficas S.A.S en la cual se requerirá, recibirá y allegará con destino al expediente.
3. Realizar visitas especiales a Sierra Pineda S.A.S, Enred group SAS y la Corporación El hospital IPS y requerir, recibir y allegar con destino al expediente certificación soportada en los registros contables y demás documentos de comercio pertinentes, de los precios de compra y venta y/o suministro al mayor y al detal entre el 1° de enero de 2020 y la fecha de realización de la visita, de los bienes y productos objeto de los contratos N° 0494, 0496 y 0531 del 26 de marzo y 1° de abril respectivamente, suscritos con la Gobernación del Tolima.
4. Realizar visita especial a Único technology & Solutions SAS y requerir, recibir y allegar con destino al expediente.
5. Realizar visita especial a las grandes superficies: Alkosto, Cencosud, UT La Recetta – Nutresa y Makro, y requerir, recibir y allegar con destino al expediente certificación de precios de venta al por mayor y al detal del 1° de marzo al 30 de abril de 2020.
6. Las demás que surjan de las ordenadas en el numeral anterior, y que en criterio de la funcionaria comisionada resulten útiles, necesarios, pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.
Práctica de Pruebas
1. Requerir a la Fiscalía general de la Nación y la Contraloría general de la República, informe detallado, certificado y soportado documentalmente respecto de los estados, resultas y conclusiones a las que, además de las ya trasladadas a este organismo de control disciplinario, sigan llegando dentro de las averiguaciones y actuaciones que adelantan, relacionadas con las presuntas irregularidades cometidas por la Gobernación del Tolima en los procesos de selección, contratación, ejecución, terminación y liquidación si procede, de los contratos N° 0493, 0494, 0495, 0496, 0497, 0527 y 0531 de 2020 de la Gobernación del Tolima.
2. Requerir a la Superintendencia de industria y comercio informe detallado, certificado y soportado documentalmente respecto de posibles actuaciones que ese organismo de inspección, vigilancia y control pueda estar o llegare a iniciar respecto de las sociedades Enred group SAS, Corporación El hospital IPS; Sierra Pineda SAS, León Gráficas SAS, LM instruments SA, Draeger Colombia SA y Único technology & solutions SAS, por presuntos actos de especulación en la contratación adelantada en general dentro del ámbito de la atención de la pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 y específicamente con la Gobernación del Tolima.
3. Requerir a la Cámara de comercio de Bogotá certificaciones de existencia y representación y de registro único de proponentes de las sociedades.
4. Requerir a la Cámara de comercio de La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar y Oriente de Caldas certificaciones de existencia y representación y de registro único de proponentes de la sociedad Único technology & Solutions SAS y matrícula mercantil 46911.
5. Requerir a las sociedades Draeger Colombia SA y LM instruments SA certificación soportada en los registros contables y demás documentos de comercio pertinentes, de los precios de adquisición y venta y/o suministro al mayor y al detal, en general entre el 1° de enero de 2019 y la fecha de remisión de la certificación de equipos de iguales o similares características y condiciones de los suministrados a la Gobernación del Tolima; y específicamente de los equipos suministrados a la Gobernación del Tolima en desarrollo de los contratos N° 0497 y 0527 del 26 de marzo y 1° de abril respectivamente, suscritos con la Gobernación del Tolima.
6. Requerir a la Agencia nacional de contratación pública - Colombia compra eficiente.
7. Una vez se cuente con los soportes pertinentes, requerir al Departamento administrativo de estadística – DANE, realizar con destino al expediente, estudio y análisis de precios de los bienes y servicios objeto de los contratos N° 0493, 0494, 0495, 0496, 0497, 0527 y 0531 de 2020 de la Gobernación del Tolima, en aras de determinar soportadamente si existieron o no sobrecostos y especulaciones en los mismos.
8. Las demás que resulten necesarias, pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos en criterio de la asesora comisionada.
Frente a lo anterior la Procuraduría General de la Nación compulsara copias de las investigaciones a Contraloría general de la República, Fiscalía general de la Nación y a la Superintendencia de industria y comercio, para lo de su competencia.