Elección de Juntas de Acción Comunal en Ibagué 2021
Suministrada Alcaldía de Ibagué
13 Mar 2021 07:05 AM

¡Atención! MinInterior suspende votación de la JAC en Ibagué por la pandemia

Eyling Yineth
Arciniegas Calderón
En la capital del Tolima alcanzaron a capacitarse líderes de 8 comunas y 5 corregimientos. Los que sean elegidos será por 4 años su periodo.

En exclusiva conoció La Cariñosa 1.420 AM que se suspendieron las elecciones de presidentes de Juntas de Acción Comunal - JAC - en Ibagué. De acuerdo a la resolución número 0337 firmada el 12 de marzo el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior confirmó la noticia para esta redacción.

Es decir, que la petición realizadas por algunos líderes de la capital del Tolima tuvo eco a nivel nacional, recordemos que los ciudadanos, pedían esta suspensión debido a la crisis por el Covid-19 que todavía hace presencia en los territorios del país.

De acuerdo con Carlos Andrés Portela, secretario de Gobierno, adoptarán el documento de suspensión para darla a conocer, así mismo, explicó que alcanzaron a capacitar para este proceso de carácter nacional a lideres de 8 comunas y 5 corregimientos de la capital del Tolima.

La votación estaba prevista cumplirse el último domingo del mes de abril de 2021, es decir el 25 de abril.

Finalmente indicó el secretario de Gobierno, Ibagué cuenta actualmente con 527 Juntas de Acción Comunal urbanas y rurales activas, la elección de sus representantes permite la participación directa de los ciudadanos en el desarrollo los distintos proyectos que se ejecutarán en este cuatrienio.

¿Qué dice la resolución del Ministerio del Interior?

La resolución número 0337 firmada por Daniel Andrés Palacios Martínez, ministro del Interior, estableció que:

Suspensión de las elecciones de directivos y dignatarios de los organismos de acción comunal, hasta tanto se supere la situación de emergencia sanitaria por Covid-19.

El período de quienes resulten elegidos una vez sean elegidos de directivos y dignatarios de los organismos de acción comunal, será previsto por el artículo 30 de la ley 743 del 2002, decir por un periodo de 4 años.

La presente resolución (anexada a esta nota) rige a partir de la fecha de su explicación (12 de marzo de 2021) y deroga la resolución número 565 del 26 de mayo de 2020.

Fuente
Alerta Tolima