Infracciones Ibagué 2021
Suministrada Alcaldía de Ibagué
17 Sep 2021 12:17 PM

Infractores tienen más tiempo para pagar las multas de tránsito en Ibagué

Eyling Yineth
Arciniegas Calderón
Los descuentos no aplican para aquellos que hayan sido multados bajo las influencias del alcohol.

Con la entrada en vigencia de ley 2155 que habla de la Reforma Tributaria donde establece en su artículo 49 que las personas que hayan cometido infracciones al Código de Tránsito antes del 30 de junio 2021 serán beneficiados con unos descuentos del 100% de los intereses en mora y un apoyo del 50% si pagan antes de los primeros cuatro meses de haber entrado en vigencia la ley. 

Destacó Diego Vishas, director operativo de Tránsito de la Secretaría de Movilidad, que si el infractor no logró ponerse al día con la deuda, tiene un tiempo de espera más de cuatro meses más pero con el beneficio del 50%.

"Es decir que si no pudo pagar en los cuatro meses después de la multa y obtener el 100% de descuento, puede obtener cuatro meses más para ponerse al día pero el apoyo ahora es solo del 50% y 100% en interés moratorios", dijo el funcionario del Gobierno Ibagué Vibra. 

 

 

    Aclaró, que si la persona no logró pagar en esos 8 meses, el artículo 49 también cita que tienen un plazo entre los 8 meses y los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley para pagar el 80% del capital sin intereses. 

    No aplica para multas por embriaguez

    Señaló el director operativo de Tránsito, Diego Vishas, que este apoyo para los conductores no aplica para aquellos que hayan sido multados bajo las influencias del alcohol. 

    "Estás personas deben pagar las sanciones penales y administrativas contempladas en la ley 1696 de 2013", sostuvo Vishas. 

     

     

      Beneficios para los motociclistas

      Por su parte, el artículo 50 de la misma ley también ofrece apoyos para conductores de motos que hayan sido multados antes del 30 de junio, de la siguiente manera: 

      • Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 20% del capital sin intereses. 
      • Entre los 6 y 8 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 40% del capital sin intereses. 
      • Entre los 8 y 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley pagarán el 60% del capital sin intereses.
      Fuente
      Alerta Tolima