Pago del subsidio 'Colombia Mayor' ya no será el 15 de febrero en Ibagué
Por disposición del DPS, (Departamento de Prosperidad Social), operador del programa 'Colombia Mayor', la Administración Municipal informa que los beneficiarios podrán recibir el pago de enero a partir del 17 de febrero y no desde el día martes 15 de febrero, como se tenía previsto.
Asimismo el llamado es a la tranquilidad pues ‘sí hay’, una certeza de que los pagos se realizarán en las nuevas fechas previstas, pues no es sólo un tema que se haya estipulado solo en Ibagué, sino que es una directriz nacional.
“El operador nos indicó que fue necesario modificar la fecha para dar inicio oportuno a los pagos, así que nuestros adultos mayores recibirán su subsidio correspondiente al mes de enero, entre el 17 y 25 de febrero", señaló Francy Liliana Salazar, secretaria de Desarrollo Social Comunitario.
Actualmente, 18.987 es la cifra de ciudadanos de la tercera edad en la capital tolimense que se benefician del incentivo económico que otorga el Gobierno Nacional, para los adultos mayores más vulnerables, que no tienen acceso a un salario o pensión.
“Estamos trabajando desde la Alcaldía de Ibagué para ampliar las garantías para que el apoyo llegue a quienes más lo necesitan y estamos gestionando más cupos ante el Gobierno, para que así se contribuya con una mejor calidad de vida para esta población que requiere de toda nuestra ayuda y todo nuestro compromiso”, concluyó la secretaria.
Así las cosas, de una manera más clara y de acuerdo al cronograma se informa que, los pagos se efectuarán de la siguiente manera y las fechas establecidas así:
Enero
Fecha de pago: Desde el 17 de febrero al 25 de febrero.
Febrero
Fecha de pago: Desde el 28 de febrero al 11 de marzo.
Terceros pueden reclamar el subsidio
Para todos los beneficiarios de este subsidio que no estén en posibilidad de acudir de manera presencial a reclamar el dinero, se pueden dirigir a la Alcaldía de Ibagué a través de la Secretaría de Desarrollo municipal, para obtener así los permisos correspondientes y autorizar a un tercero para que reclame el subsidio.