Secretaría de Movilidad autoriza llevar acompañante en vehículo particular
Así lo confirmó el jefe de la cartera de movilidad de la ciudad, César Fabián Yáñez, quien aclaró que las personas que lleven acompañante en su vehículo particular deberán ser compañeros de labores y deberán estar debidamente identificados de la empresa donde trabajan.
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Por medio de la circular 0012, la secretaría de Movilidad estableció algunas restricciones para la circulación de los ciudadanos, donde se plasma que dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y Municipal se incluyeron excepciones tales como: el personal del sector salud, vigilancia, servicios públicos, entre otros, quienes podrán movilizarse en vehículos de su propiedad.
De esta manera, para dar cumplimiento a lo anterior, desde esta cartera se autorizó la movilización de los ibaguereños en sus vehículos particulares o motocicletas durante el aislamiento preventivo, donde además de llevar la respectiva identificación, deberán portar el salvoconducto otorgado por la Secretaría de Gobierno de Ibagué.
Sumado a lo anterior, Cesar Yáñez, aclaró que el acompañante deberá demostrar que es su compañero de trabajo y portar los mismos documentos para su identificación, estableciéndose un término de 60 minutos para su desplazamiento al lugar de trabajo y posteriormente a su vivienda.
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Es de precisar que para el abastecimiento y actividades financieras no está permitida la circulación de dos personas en un vehículo y estos deberán cumplir con las medidas de pico y cédula y pico y placa.
“La persona que sea sorprendida por los Agentes de Tránsito incumpliendo los requisitos establecidos, serán objeto de sanciones de acuerdo como lo establece la ley”, dijo César Fabián Yáñez, secretario de Movilidad.