Desde el lunes primero de junio, varias medidas restrictivas se mantienen y se restablece la vida productiva y económica de nuevas actividades asociadas a la prestación de los servicios de tránsito y transporte.
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En director general del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte del Tolima, Carlos Alberto Barrero Prada, explicó que todas las normas están contenidas en los Decretos Nacionales 749 del 28 de mayo y 768 del 30 de mayo.
De acuerdo con Barrero Prada se mantienen las restricciones al transporte intermunicipal de pasajeros. Las empresas de esta naturaleza sólo podrán prestar el servicio a personas que estén habilitadas dentro de las 43 excepciones establecidas por el Gobierno Nacional. “Si deciden transportar a los exceptuados, sólo podrán habilitar el 50% del parque automotor y los vehículos sólo podrán transportar el 35% de su capacidad; además, los conductores deberán implementar todas las normas de bioseguridad exigidas por el Ministerio de Salud y Protección Social”, detalló el funcionario.
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Además, cada empresa transportadora deberá coordinar con los municipios de origen y destino para adelantar el recorrido.
Al mismo tiempo, el director de Tránsito y Transporte del Tolima informó que varios sectores reinician su vida económica y productiva. Los taxis, por ejemplo, podrán trabajar con el pleno de su parque automotor y podrán ser solicitados a través de cualquier mecanismo; no sólo mediante plataformas digitales.
También, reabren los Centros de Diagnóstico Automotor, los Centros de Reconocimiento de Conductores y las Academias de Enseñanza a conductores.
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"A quien se le haya vencido el Certificado de Emisión de Gases durante la Cuarentena no podrán sancionarlo y este propietario tendrá como plazo un mes más, a partir del primero de julio, para renovar ese documento. Sí es obligatorio portar la Licencia de Conducción y el Seguro Obligatorio Soat”, explicó Barrero Prada, quien también advirtió que, desde este lunes, nuevamente los peajes empezarán a cobrar.
Finalmente, el funcionario sostuvo que sólo pueden prestar el servicio de trasteos las empresas debidamente autorizadas para ello y que quienes quieran adelantar esta actividad, deberán obtener un manifiesto por parte de una de esas empresas autorizadas.