Procuraduría inhabilitó a exalcaldes de Alvarado por la celebración irregular de 12 contratos
Por la celebración irregular de 12 contratos de obras civiles, mejoramiento de vivienda de interés social, mantenimiento de vías y rocería, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó a 8 funcionarios de la alcaldía de Alvarado, Tolima, en la vigencia 2014, el primero de ellos por 15 años y un mes, el entonces alcalde titular (2012-2015), Yesid Fernando Torres Ramos, a quien comprobó la suscripción de 11 negocios jurídicos ficticios.
En la misma decisión de primera instancia, la entidad destituyó e inhabilitó por 12 años y seis meses al exalcalde (E), Álvaro Palma Orjuela (2010-2015), por la firma irregular de un contrato.
Otros cuatro funcionarios de la administración municipal que cumplían labores de supervisión y, en algunos casos de tesorería fueron sancionados por el mismo término de Palma Orjuela, ellos son: el secretario de Hacienda, Pablo Emilio López Trujillo (2004-2014); los jefes de Planeación, Carlos Fernando Cortés Ayala (2014-2015), y de la Oficina de Servicios Públicos, Luis Enrique Corral Guzmán (2013-2015); y la secretaria de Despacho, Dadiana Andrea Peña Hernández (2014-2015).
Por el término de 10 años fueron destituidos e inhabilitados, el almacenista, Víctor Alfonso Gómez Lozano (2012-2015); y la técnica operativa, Magaly Acosta Romero (2014-2015), con las mismas funciones de los anteriores disciplinados.
El ente de control comprobó que tras suscribir de manera inusual los bilaterales con el ingeniero Edson Andrés Ospina Arias, quien figuraba como contratista, Torres Ramos logró el desembolso de recursos públicos, y además de ello, evidenció que las obras civiles contratadas y pagadas por la administración municipal no fueron ejecutadas con el mencionado ingeniero.
En cuanto a Palma Orjuela, la entidad concluyó que “el entramado del ilícito estuvo liderado por el exmandatario” utilizando los documentos que su hermano recibió del ingeniero con la promesa de darle un contrato, los cuales, le sirvieron para estructurar los falsos bilaterales y luego ordenar su pago, dándole apariencia de legalidad a lo actuado.
Desde cada una de sus competencias frente a los contratos, el resto del equipo de servidores públicos encargado de la supervisión consumó con su complicidad la comisión de la conducta tipificada como falsedad ideológica en documento público, pues faltaron a la verdad y, en algunos casos, consignaron hechos contrarios a la realidad, transgrediendo el ordenamiento jurídico.
A juicio del Ministerio Público “bajo ningún supuesto fáctico es lógico que se suscriban contratos para ser pagados con cargo a recursos del erario estatal a sujetos no identificados plenamente”.
Los ocho disciplinados fueron sancionados por la comisión de una falta gravísima cometida a título de dolo.
En el mismo fallo, la Procuraduría absolvió de responsabilidad disciplinaria al jefe de Planeación e Infraestructura, César Augusto Martínez (2013-2014), quien solo suscribió los estudios previos de dos contratos y firmó el acta de evaluación en la cual dejó constancia de que el proponente, Edson Andrés Ospina Arias, no asistió.
Contra esta decisión procede el recurso de apelación.
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