Con 15 votos a favor fue aprobado en tercer debate el proyecto de ordenanza por el cual se amplía el plazo para el pago del impuesto de vehículo hasta el 31 de Julio de 2020, con descuento del 10% por pago oportuno y total de la obligación tributaria, aclarando que quienes ya habían hecho el pago de la obligación antes de la aprobación de la ordenanza, tendrá ese saldo favorable del 10 % para el pago de la vigencia 2021, iniciativa que ahora pasa a ser Ordenanza del Departamento una vez sea sancionada por el Gobernador del Tolima, Ricardo Orozco Valero.
De su interés: Autoridades investigarán desfiles del San Juan en Natagaima y Suárez en medio de pandemia Covid-19
La iniciativa del orden departamental fue presentada ante la Asamblea, en el marco de la emergencia económica como consecuencia de la pandemia Covid-19 y con el propósito de otorgar alivios tributarios al bolsillo de los contribuyentes tolimenses, para el pago del impuesto de vehículos incluidos los que se encuentren en mora con periodos anteriores.
- Alcance de los alivios tributarios
Los beneficios y alivios tributarios, acogen el decreto emitido por el Gobierno Nacional que permite a las entidades territoriales aplicar facilidades de pago y descuentos para el impuesto de vehículo, hasta plazos de pago en 7 cuotas sin intereses o sanciones siempre y cuando se cancele oportunamente en las fechas establecidas. Se tendrá como fecha límite hasta el 22 de diciembre de este año, beneficio para aproximadamente 180 mil tolimenses que se pueden acoger a esta medida.
- Alivios de pago
La fecha límite de pago del impuesto de vehículos pasará del 30 de junio al 31 de Julio con un descuento adicional del 10% para aquellos contribuyentes que se pongan al día sin la aplicación del pago por cuotas.
Leer también: Autoridades rescatan cría de Puma Jaguarundí en el Aeropuerto Perales
Los contribuyentes también pueden acceder a un descuento del 20% sobre la deuda total si la cancelan antes del 31 de octubre, el 10% si cancelan entre el 1° de noviembre y el 31 de diciembre y, por último, la cancelación de la deuda sobre el 100% del capital entre el 1° de enero y el 31 de mayo de 2021, sin sanciones e intereses que también aplica para los demás impuestos como tasas contribuciones y multas pendientes de pago.