12 Jul 2017 08:45 AM

Nuevo código de ética pone en cintura a congresistas

Alerta
Tolima

La Ley 1828 de 2017, discutida y aprobada por el Congreso de Colombia y sancionada por el Presidente de la República conforme al ordenamiento jurídico colombiano, establece el Código de Ética del Congresista, el cual fue presentado esta mañana en un evento especial, por la Presidenta de la Comisión de Ética de la Cámara, representante Ana Cristina Paz, en compañía de la Secretaria de la misma Comisión María Teresa Gómez Azuero.

Leer también: En ningún momento he sido un pícaro: Afirmó el concejal Víctor Ariza.

Este Código de Ética del Congresista demandó arduo trabajo durante varios años y contiene el listado de conductas sancionables, límites y sanciones, al igual que la gravedad de las faltas  y sus consecuencias, conforme a las actuaciones de los congresistas.

Determina entre otras cosas sanciones que van desde amonestación escrita y pública ante la Plenaria de la respectiva Cámara legislativa cuando la falta sea leve; y suspensión del ejercicio congresual, en caso de falta gravísima y solicitud de perdida de investidura ante el Consejo de Estado, cuando la investigación  advierta la existencia de algunas de las causales que dan lugar a ella.

Leer también: Gobernación traslada secretarías de Desarrollo Económico e Inclusión Social.

En todo caso la Ley observa el cumplimento de principios constitucionales rectores como celeridad, eficacia, imparcialidad y  el debido proceso, entre otros,  que garanticen la transparencia y objetividad en el asunto objeto de investigación dentro de este Código.

También contempla esta Ley, una serie de multas que se impondrían al congresista investigado y sancionado,  y las cuales  se destinaran para proyectos de capacitación, programas orientados a la recuperación, difusión e implementación de valores éticos y lucha contra la corrupción, coordinados por las Comisiones de Ética y Estatuto del Congresista de cada Cámara.

Leer también: Hermano del concejal Pedro Mora está detrás de mí revocatoria: Alcalde de Herveo

El congresista también podrá ser separado de su cargo durante mínimo 10 días o máximo 180 días, dependiendo de la gravedad de la conducta.

Durante el tiempo de sanción no podrá ejercer su investidura, ni gozar de las prerrogativas de congresista.

Le puede interesar: