Contraloría destapó escándalo fiscal en compra de canecas de basura solares
En auditoría fiscal que adelantó la Contraloría municipal a la empresa Ibagué Limpia, se destapó escándalo por la compra de las canecas de basura solares que en su mayoría están ubicadas en la carrera tercera, adquisición que se hizo en el periodo de Gobierno del ex alcalde Luis H Rodríguez y que fueron donadas por la empresa recolectora de residuos sólidos al municipio, específicamente a la Secretaría Administrativa que para la época de los hechos estaba a cargo de José Adrián Monroy, hoy gerente de la Lotería del Tolima.
Según declaraciones del Contralor de Ibagué Ariel Augusto Medina, la compra de las 101 canecas solares por 883 millones, cada una a 14 millones aproximadamente, no se justifica y más por los costos de unos elementos que fueron importados para recolectar basuras y los cuales en estos momentos no funcionan ni cumplen el objeto para lo que fueron adquiridos. "Para la Contraloría es claro que la compra de las canecas de basura por Ibagué Limpia era innecesaria, con un costó bastante elevando y que en este momento no funcionan, ni la compactadora ni la tecnología que avisaba que la caneca estaba llena, están prestando el servicio", advirtió el jefe del órgano de control fiscal del municipio.
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Por último la Contraloría advirtió en el informe que está argumentado en la carta de conclusiones de la auditoría fiscal adelantada a Ibagué Limpia, que ninguna entidad se quiso hacer cargo de las canecas solares, además que delas 101 que fueron compradas, no aparecen por ninguna parte más de 32, situación que pone en evidencia las irregularidades que se prestaron en la compra de dichos elementos, hechos que determinaron observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, penal y fiscal por 833 millones.
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Informe Contraloría.
Según el informe de la Contraloría, se tienen los documentos soportes y registros contables sobre el costo de las referidas canecas y que ascienden a $887.601.598.00, incluyendo gastos de importación o legalización de las mismas.
Adquiridas las canecas, la empresa IBAGUE LIMPIA, decide donar las mismas al Municipio de Ibagué, lo que se materializa con el Contrato de Donación, suscrito entre el Gerente de IBAGUE LIMPIA, y el Donatario, Secretaria Administrativa de la Alcaldía de Ibagué, de fecha junio 18 de 2015 y el ACTA DE ENTREGA, respectiva.
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Por resolución No. 1040-726 del 3 de julio de 2015, el Secretario Administrativo de la Alcaldía de Ibagué, resuelve hacer entrega de las 101 canecas compactadoras con energía solar a la GESTORA URBANA DE IBAGUE, por un costo de $833.663.279.00 pesos. Se aporta, un acta de entrega de las mismas, empero solo se firma por el Secretario Administrativo de la Alcaldía de Ibagué.
Se evidencia, porque así se entregaron por parte de IBAGUE LIMPIA S.A. E.S.P, los soportes de la compra y pago de las 101 canecas, como lo son las facturas y los registros contables correspondientes.
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De igual manera se aportó a este Ente de Control, la Resolución No. 1010 del 13 de Mayo de 2015, donde se ADOPTA MOBILIARIO URBANO “CANECA COMPACTADORA CON ENERGIA SOLAR” para el Municipio de Ibagué, por parte de la Secretaria de Planeación Municipal – Grupo del Plan de Ordenamiento Territorial de la Alcaldía Municipal de Ibagué, lo que indica que las canecas hasta ese momento su cuido y responsabilidad le es atribuible al Municipio de Ibagué, a través de las dependencias, llámese Gestora Urbana o Secretaria Administrativa.
Pese a que el Grupo Auditor, mediante escritos de fecha, 22 de octubre del presente año, solicito información al señor Alcalde de la ciudad y a la Empresa INTERASEO, no se obtuvo respuesta satisfactoria a nuestras peticiones, esto es relacionado con las actas de recibo, informes sobre mantenimientos y estado actual de las canecas. Si lo hizo la empresa Ibagué Limpia y sobre algunos aspectos, responde:
“1. Para la vigencia 2014, la empresa Ibagué Limpia S.A. E.S.P, no contaba con manual de compras e inversiones, razón por la cual, no reposa en los archivos estudios previos o justificación de la necesidad para la compra de las 101 canecas compactadoras con energía solar”.
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Así mismo, se obtuvo la siguiente información, como a continuación se enuncia:
Relación de las cestas solares (sic) ubicadas en el casco urbano de la ciudad de Ibagué, trabajo realizado por la Oficina de Seguridad Ciudadana de la Contraloría Municipal de Ibagué, donde se encontraron inconsistencias, tales como, deterioradas, desactivadas, incompletas, con afiches y grafitis, incluso con el testimonio de personas que residen o trabajan en los lugares donde se encuentran instaladas. De ello, se tiene registro fotográfico, para un total de 66 cestas.
La compra se considera inadecuada y antieconómica, en virtud de que el destino, la inutilización y los propósitos de su instalación no llenaron las expectativas para lo cual fueron adquiridas y además su deterioro y perdida de algunas partes de las mismas, causaron un detrimento económico, que va en contra de los servidores públicos, primero, que autorizaron y compraron las mismas, segundo los que las recibieron y no les hicieron el control y tercero, los que las recibieron para su instalación y mantenimiento, esto es, los señores de INTERASEO, y aunque no se consideran servidores públicos, si son solidariamente presuntos responsables del daño causado a las canecas solares que en ultimas eran de propiedad del Municipio de Ibagué. Estos comportamientos se cometieron por el mal manejo o indebida compra de las canecas, pues no hubo una justificación ni necesidad comprobada y menos una selección objetiva, ya que se adquirieron con una simple presentación de una factura de venta; por la falta de eficacia y eficiencia por parte de los servidores que recibieron las canecas y posteriormente entregaron a INTERASEO, al no hacerle el seguimiento y control a las mismas y por último a los encargados de la instalación y mantenimiento de las canecas y que sufrieron los deterioros propios del descuido y por la acción de los vándalos o desadaptados, como la perdida de algunas partes de las mismas canecas, las cuales según lo evidenciado van entre 66 a 69, según lo reportado por las dependencias mencionadas atrás.
Ley 610 de 2000, artículos 3 y 6, en virtud de que con dichos comportamientos omisivos permitieron que las canecas sufrieran daño patrimonial, detrimento que desde su adquisición en la forma anunciada y después de la instalación de dichas canecas, se estima de la suma de $ $833.663.279.00, pues además de ser una compra antieconómica, no se utilizaron en debida forma y su cuidado y mantenimiento no fue el eficaz.
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Es preciso aclarar que las presuntas responsabilidades, están dirigidas a las entidades que participaron en las posibles irregularidades, así: IBAGUE LIMPIA, con relación a la adquisición y pago de las canecas; La Administración Municipal de Ibagué - Secretaria Administrativa, ella con relación al cuidado y manejo de las canecas; la Gestora Urbana, con relación al cuidado y manejo de las mismas y por último, INTERASEO, en lo que concierne al mantenimiento, deterioro y perdida de algunas partes de las canecas.
En virtud a lo anterior este ente de control determina una observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, penal y fiscal por valor de $833.663.279.00.
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