"Demanda al predial quiere confundir a los contribuyentes para que no paguen": Juan Espinosa
Dura respuesta del Secretario de Hacienda de Ibagué Juan Espinosa, a la demanda que interpuso ante un juzgado administrativo el abogado Wilson Leal, al cobro del impuesto Predial para la vigencia 2019, medida legal que pretende suspender temporalmente el recaudo, por presuntas irregularidades en el acuerdo municipal aprobado por el Concejo en octubre de 2018, que estableció incrementos topes dependiendo del estrato socioeconómico de los contribuyentes.
De acuerdo al funcionario, la demanda lo que está buscando es confundir a los contribuyentes para que no paguen el impuesto predial y causar un daño estructural a la ciudad.
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"Los recursos que nos da el impuesto predial, son los más importantes para invertirlos en la ciudad, entonces cualquier zozobra o duda que se crea frente a la legalidad del acuerdo municipal, que ya de hecho es legal porque está sancionado por el concejo, el alcalde, publicado, a solicitud de la gobernación a control de legalidad, es un acuerdo que está en plena vigencia que fue expedido desde octubre del año pasado y que a estas alturas del partido no es menester cuestionar el contenido, aunque jurídicamente sea válido y cualquier abogado tiene facultades para cuestionarlo en cualquier momento", señaló Espinosa.
Para el Secretario de Hacienda los argumentos jurídicos de la demanda con relación a la ley 1350 son errados. "Son errados porque la ley 1350 a lo que le pone límites al crecimiento del impuesto predial después de haber hecho un aumento de tarifa como estipula la ley, es la que dice que un año se sube el 2%, el otro 3% y último 4% y como fruto del incremento de las tarifas, no es procedente que el impuesto que pagan los contribuyentes sea mayor al 25% a lo que pagaron la vigencia anterior, además en el mismo parágrafo aclarar que cuando los precios han sufrido modificaciones físicas legales y económicas. no aplica el tope del 25%".
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De otro lado Espinosa agregó. "Hay que aclarar, la ley que cita este artículo y la demanda tiene que ver con los aumentos que hacen los alcaldes de las tarifas del impuesto predial, pero los incrementos de los que está hablando el acuerdo municipal objeto de la demanda, son fruto de la actualización catastral que está fundamentada en la ley 44 y que adelantó el Instituto geográfico Agustín Codazzi. Entonces no hay unidad de materia en lo aprobado por el concejo y lo demandado por el demandante".
Frente el articulado del acuerdo municipal que estableció según el municipio alivios tributarios según el estrato socioeconómico, el titular de la cartera de Hacienda precisó. "La gradualidad del alivio tributario que en el estrato 1 sube hasta el 15%, en el 2 hasta el 20%, en el 5 y 6 hasta el 50%, es evidente que no podía hacerse un aumento del 50% en los estratos 6 porque hubo predios que en el año 2019 no creció su avalúo el 50% porque eran inmuebles recientemente construidos que cuyo valor ya estaba registrado en la base catastral, no varía lo suficiente entre un año al otro. Es decir tenemos evidencia de que en todos los estratos y los sectores hubo predios que crecieron menos del alivio tributario o menos del aumento del impuesto".
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Por otra parte según los argumentos del funcionario, haber aplicado un incremento del 15% o 50% hablando el estrato 1 y el estrato 6, sería haber castigado aquellos predios que no tuvieron valorización, que tuvieron desvalorización. "No podíamos decir desde el punto de vista de la realidad económica y el tributo, que todos los previos del estrato 6 tenían que subir el 50%, cuando hubo unos que crecieron menos en los avalúos, por ende crecieron menos en sus impuestos".
"Los elementos de la demanda están por fuera el contexto jurídico frente al acuerdo municipal, esperando que el juez que le va a dar trámite, requiera al municipio y nos permita ser parte del proceso con relación a la posición de la administración, que seamos escuchados y decirle la comunidad que también hay personas que están interesadas en que los acuerdos que conceden beneficios tributarios no sean aplicados, pero nosotros tenemos que aplicarlo, está vigentes y lo vamos a seguir aplicando porque tenemos la certeza jurídica de que el acuerdo está bien".
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Por último Juan Espinosa manifestó esperar que la demanda no cumpla su cometido, suspender el acuerdo municipal qué tiene vigencia jurídica y que la denuncia no le causa ningún perjuicio económico al municipio en la medida de crear incertidumbre y que los contribuyentes no se acoja al 15% descuento por pronto pago del impuesto predial esperando a ver qué sucede legalmente y terminé lesionando los bolsillos de los ibaguereños que aún no han pagado el tributo. "Cerca de 14mil facturas no se han pagado donde se puede optar por no pagar esperando a ver qué sucede y 60mil facturas recaudadas", concluyó el funcionario.
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