¡El más parado! Alcalde de Garzón, decreto en mano, prohíbe consumo de estupefacientes
El alcalde de Garzón (Huila), Francisco Calderón, prohibió el consumo de drogas ilegales en los principales lugares del municipio , a través del Decreto 030 de 2024, con el fin de velar por un ambiente sano y la seguridad de los niños y niñas.
El propósito es restringir el porte, consumo, distribución y comercialización de sustancias psicoactivas, en 200 metros al perímetro del área o lugares abiertos comprendidas como espacios públicos y colegios.
Ante el polémico decreto derogado por el presidente Gustavo Petro hace unos meses y que deroga las multas a los portadores de la dosis mínima de droga que impuso el Gobierno de Iván Duque, algunas alcaldes de los municipios del país ya prohibieron en ciertas zonas el consumo de esas sustancias.
Francisco Calderón, alcalde del municipio de Garzón indicó que “el consumo en los jóvenes entre los 14 y 20 años de edad es bastante alarmante. Tenemos incluso siete puntos críticos los cuales se han tratado de erradicar; por esta razón queremos trabajar de la mano de la policía, la secretaria de la mujer, personería, comisaría de familia, entre otras entidades, para velar por la calidad de vida en el municipio”.
El decreto restringe las actividades de porte, consumo, distribución y comercialización de sustancias psicoactivas, las cuales no se podrán realizar en 200 metros de áreas como parques, zonas verdes o escolares, donde normalmente comparten familias y menores de edad en sus ratos libres o para realizar sus actividades académicas.
“La geografía, costumbre y comportamiento de las ciudades son muy diferentes a las regiones. Muchas veces las ciudades pueden tener un comportamiento o una madurez para x o y circunstancias. Nosotros en regiones y más que todo en nuestro municipio tenemos mucho la costumbre de los buenos valores y comportamientos, no podemos perder el génesis de la familia”, agregó.
En el documento se indica que las personas que consuma sustancias estupefacientes o que produzcan dependencia en presencia de menores de edad, incurrirá en sanciones como multa entre dos (2) y cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales cuando incurra en la primera vez, y multa entre cuatro (4) y seis (6) salarios mínimos legales mensuales en casos de reincidencia.
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