En Pitalito fue capturado un sujeto que violó y dejó en embarazo a la hija de su pareja sentimental
En el municipio de Pitalito en el Huila, un hombre fue enviado a la cárcel señalado de abuso sexual, este sujeto violó y dejó en estado de gravidez a la hija de su compañera sentimental. Se cree que el agresor se aprovechó de su autoridad dentro del núcleo familiar para, presuntamente, acceder sexualmente a la menor de 14 años.
Por solicitud de la Fiscalía, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra un hombre, presunto responsable de abusar sexualmente de su hijastra desde que tenía 12 años, a quien se le imputó los delitos de actos sexuales abusivos con menor de 14 años y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, ambas conductas agravadas.
De acuerdo con la investigación, al parecer, este hombre se aprovechó de su autoridad dentro del núcleo familiar y de la ausencia de la madre de la víctima, que salía a trabajar. En esos momentos, aprovecharía para acceder sexualmente a la menor en un inmueble del barrio Tequendama de Pitalito (Huila), hechos ocurridos entre 2021 y 2022.
Se evidenció que, al parecer, la niña fue sometida a toda clase de vejámenes sexuales, a causa de los cuales quedó en embarazo. Además, el presunto agresor le decía a la menor que no contara nada a su papá, porque entre ellos se atentarían contra sus vidas.
Uniformados de la Sijin de la Policía Nacional capturaron a este hombre en la terminal de transporte de Pitalito. En el desarrollo de las audiencias, el padrastro no aceptó los cargos.
Alerta Tolima consultó con varios abogados penalistas y esto fue lo que se pudo concluir respecto a este aberrante caso:
- En Colombia, el abuso sexual cometido por un padrastro contra una menor de 14 años, dejándola embarazada, es un delito gravísimo que está claramente tipificado en el Código Penal. Este tipo de conducta se encuentra regulada bajo los artículos 208 y 209 del Código Penal, que abordan el acceso carnal abusivo y los actos sexuales con menores de 14 años.
- El artículo 208 establece que quien acceda carnalmente a una persona menor de 14 años incurrirá en una pena de prisión de 12 a 20 años1. Esta pena refleja la gravedad del delito y la necesidad de proteger a los menores de edad, quienes son especialmente vulnerables a este tipo de abusos. Además, el artículo 209 señala que quien realice actos sexuales diversos del acceso carnal con una persona menor de 14 años, o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en una pena de prisión de 9 a 13 años.
- La legislación colombiana también contempla agravantes que pueden aumentar la pena. Por ejemplo, si el delito es cometido por una persona que tiene una posición de autoridad sobre la víctima, como es el caso de un padrastro, la pena puede incrementarse de una tercera parte a la mitad2. Además, si el abuso resulta en un embarazo, esto se considera una circunstancia agravante que puede llevar a una pena más severa.
- En términos de protección y apoyo a las víctimas, la Ley 1146 de 2007 y la Ley 1236 de 2008 refuerzan las medidas de protección y garantizan que las víctimas reciban el apoyo necesario durante el proceso judicial. Estas leyes también establecen la obligación de denunciar cualquier caso de abuso sexual infantil y proporcionan inmunidad a quienes lo hagan de buena fe.
- El abuso sexual cometido por un padrastro contra una menor de 14 años y que resulta en embarazo es un delito severamente castigado en Colombia, con penas que pueden llegar hasta los 20 años de prisión, y con agravantes que pueden aumentar aún más la condena. La legislación colombiana busca proteger a los menores y asegurar que los responsables enfrenten consecuencias significativas por sus acciones.
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