Palacio de Justicia de Ibagué
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RCN Radio
18 Jun 2024 07:15 PM

Tumban elección de alcalde en Tolima y ordenan nueva jornada de votaciones

María Alejandra
Rodríguez Forero
La decisión en primera instancia es producto de una demanda por presunta doble militancia.

El Tribunal Administrativo del Tolima, en sentencia proferida en primera instancia, declaró la nulidad de la elección del alcalde del municipio de Ataco, Héctor Fabio Muñoz Briñez. 

La determinación del tribunal es producto de una demanda presentada en contra de la elección del mandatario, que se dio en octubre de 2023, por presunta doble militancia.  
 

La demanda expone que Muñoz Briñez, quien se desempeñaba como concejal de Ataco avalado por la lista del Partido Alianza Social Independiente (ASI), renunció a su curul en mayo de 2023, a menos de seis meses de la elecciones en las que participó como candidato a la alcaldía por el partido Nueva Fuerza Democrática. 

La parte demandante argumenta que, basándose en la normatividad, las personas que aspiran a este tipo de cargos deben renunciar 12 meses antes de postularse o ser inscritos como candidatos. De incumplirse, se constituiría una doble militancia.

En respuesta a los señalamientos, la defensa del alcalde sostuvo en el marco del proceso que, el para entonces candidato, se acogió a una resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que permitió a los militantes de Nueva Fuerza Democrática participar sin dificultades en la contienda. 

“El Tribunal, respetando todas las decisiones judiciales, puso un estándar muy alto en los requisitos que presuntamente debía cumplir el actual mandatario de Ataco para hacerse merecedor de la excepción que plantea la resolución del CNE a aquellos que aspiraran por la Nueva Fuerza Democrática”, explicó a RCN el abogado Antonio París, quien participó como tercero coadyuvante. 
 

Señala París que el CNE reconoció en 2023, la personería jurídica de dicha colectividad, y le permitió a quienes ocuparon cargos dentro de la misma entre 1991 y 2006, volver al partido y postularse a las elecciones sin necesidad de renunciar a un cargo con los 12 meses de anticipación establecidos. Tras el análisis, el Tribunal falló a favor del demandante. 

En su parte resolutiva declaró “la nulidad del acto de elección del Alcalde del municipio de Ataco, Tolima, contenido en el Formulario E-26ALC del 02 de noviembre de 2023, emitido por Comisión Escrutadora del Municipio de Ataco”. 

También ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al CNE “convocar la realización de nuevas elecciones para elegir Alcalde de Ataco – Tolima, por el periodo 2024 – 2027”. 

El abogado París aclaró que esta decisión, en caso de ser objeto de apelación, deberá ser resuelta en segunda instancia por el Consejo de Estado, y mientras el trámite está en curso el mandatario podrá seguir en su cargo.  

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Fuente
Sistema Integrado de Información