Protegiendo los derechos colectivos del Cabildo Indígena Jaraguay al goce de un ambiente sano y el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, el Tribunal Administrativo de Córdoba, ordenó el cierre definitivo del Relleno Sanitario Loma Grande, en el casco urbano de Montería.
Las graves afectaciones causadas a los habitantes de esta vereda y sus alrededores por el derrame de lixiviados, los impactos a los recursos hídricos, especialmente al caño El Purgatorio y el consecuente daño ecológico, llevaron al ente judicial a adoptar la decisión de cierre definitivo del relleno sanitario, que recibía diariamente más de 400 toneladas de basuras, no solo de la ciudad de Montería sino de otros 18 municipios.
Según las pretensiones de la acción popular interpuesta por los afectados, la empresa Urbaser, encargada del manejo del tratamiento de los residuos sólidos que allí llegaban, incumplió obligaciones de la licencia ambiental, principalmente la instalación y puesta en operación de una planta de tratamiento de lixiviados, razones que resultaron determinantes para la decisión judicial.
El fallo también ordena al municipio de Montería, como responsable de la gestión del antiguo botadero El Purgatorio, a que retome y revise los planes de cierre y clausura y realice las acciones correspondientes para evitar de forma definitiva el vertimiento de lixiviados no autorizados.
En consecuencia, El Tribunal conmina a la empresa Urbaser SA ESP y al municipio de Montería a que, en el término máximo de dos (2) meses, formulen y financien un plan de acción para recuperar el caño el Purgatorio y demás cuerpos de agua afectados por el vertimiento incontrolado de lixiviados del relleno sanitario Loma Grande y el antiguo botadero El Purgatorio.
Asimismo, se ordena a los municipios vinculados de Canalete, Cereté, Ciénaga de Oro, Cotorra, Lorica, Los Córdobas, Montería, Moñitos, Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Puerto Escondido, San Carlos, San Bernardo del Viento, San Pelayo, Tierralta y Valencia a que no suspendan ni interrumpan la prestación del servicio de aseo, ni afecten la debida prestación de este, alegando el cierre del relleno sanitario.
Se ordena a la ANLA, como autoridad ambiental que, ante incumplimientos de la licencia ambiental otorgada al relleno sanitario de Loma Grande, inicie las actuaciones sancionatorias ambientales pertinentes.
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