Absuelven a papá que era procesado por reprender con ‘nalgada’ a su hija
Una jueza tomó la decisión de absolver a un padre de una menor de 13 años, quien había sido acusado por haber dado una nalgada a la menor con el fin de corregirla, según informaron medios locales.
El hombre se enfrentaba a una petición de la Fiscalía para ser condenado a nueve meses de prisión, y adicionalmente una orden de restricción y alejamiento de 500 metros de la menor. Las autoridades pretendían que fuera condenado por el delito de “lesiones en el ámbito familiar, por golpear en el glúteo a su hija menor de edad para reprenderla”, según informó el medio español ‘20 minutos’.
Según se pudo conocer gracias al cubrimiento, la sentencia indicaba que el 16 de febrero 2020, el acusado se encontraba con la menor de 13 años y sus otros hijos en casa, cuando reprendió a la niña por haber mordido a uno de sus hermanos.
El hombre argumentó que el golpe se lo dio con el fin de reprenderla, y nunca pensó que éste “fuera de suficiente intensidad para causar una lesión”.
Por el momento el fallo de la jueza, que absuelve a este hombre, no es una sentencia firme, y el caso puede ser llevado ante la Audiencia Provincial de Almería.
“Para la jueza no ha quedado acreditado que a consecuencia del golpe la menor sufrió lesiones, en concreto tres erosiones, que precisaron de asistencia facultativa y que tardaron tres días en curar”, indicó el citado medio.
También se pudo determinar que la niña había sido acompañada por la madre al momento de realizar la denuncia contra su progenitor. Tal parece que después del golpe, la niña había intentado llamar a la línea de emergencias, pero su padre le había quitado el celular.
Esta versión de los hechos fue corroborada por la pareja actual del acusado, según declaró ante las autoridades, agregando que ésta era la primera vez que el hombre había goleado a sus hijos.
Por su parte, el médico forense recalcó sobre las lesiones, que éstas no eran “compatibles con una palmada o azote en la nalga”, sino más bien con un arañazo.
Según reportó el medio ‘20 Minutos’, la jueza en su sentencia comento que “Se trata de un simple acto de represión de una conducta previa impropia, de una palmada que no ha provocado lesión, propinado por el acusado a su hija en una situación aislada y puntual, que no merece en este supuesto, considerando el contexto y la forma en que se ha producido y, en particular, la acción realizada por la propia hija, reproche punitivo y sanción penal”.