Transporte escolar del Tolima
Ministerio de Transporte
4 Ago 2022 12:29 PM

Cinco municipios del Tolima tendrán transporte escolar diferencial

Valentina
Cortés Castillo
Los estudiantes ya no estarían en riesgo por el pésimo estado de las vías en zona rural del departamento

 Roncesvalles se convirtió en el primer  municipio a nivel nacional en tener servicio de transporte diferencial para los estudiantes de zonas rurales y van en lista más poblaciones.

El viceministro de Transporte Camilo Pabón, manifestó  hace algunas horas que se suman cuatro poblaciones más se sumaron a esta medida, siendo ellas, Santa Isabel, Purificación, Anzoátegui y Casabianca.

 

¿Quiénes pueden solicitar al Ministerio de Transporte la creación de la zona diferencial  para la prestación del servicio de transporte escolar?

 

El alcalde del municipio o los del grupo de municipios, según corresponda que se encuentren interesado(s), podrán solicitar al Ministerio de Transporte - Dirección de Transporte y Tránsito la creación de una zona diferencial para la prestación del servicio de transporte escolar, en el ámbito de su jurisdicción.

 

 

¿Qué requisitos deben cumplir los municipios para acceder a una zona diferencial para la prestación del servicio de transporte escolar?

 

Para la creación de las zonas diferenciales para la prestación del servicio de transporte escolar, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:

1. Presentación de solicitud escrita que deberá contener:

• Determinación del municipio o grupo de municipios

• Extensión geográfica

• Señalar la modalidad o modalidades de transporte público a los que se aplicaría (en este caso servicio de transporte escolar) Justificación para la creación de la zona diferencial soportada en:

• Estudios, análisis y evidencias anexos a la solicitud

• Descripción detallada de las condiciones actuales de prestación del servicio de transporte y/o de tránsito

• Acreditar las condiciones especiales que impiden la normal prestación del servicio de

transporte escolar, con la descripción detallada de las condiciones en que se viene prestando el servicio de transporte escolar, en las que se relacione:

• Nombre y ubicación de las Instituciones y sedes educativas donde se presentan

dificultades para la normal prestación del servicio de transporte escolar.

• Matrícula actual por instituciones y sedes educativas donde se presentan dificultades  para la normal prestación del servicio de transporte escolar.

3. Propuesta preliminar para la prestación transitoria para la prestación del servicio de transporte

escolar.

¿Los conductores que presten el servicio en la zona diferencial deben estar capacitados?

Sí, la autoridad de transporte municipal y la Secretaría de Educación del municipio, deberán

realizar de forma conjunta, por lo menos una jornada de capacitación en cada semestre del

año, dirigida a los conductores y adultos acompañantes de los vehículos, como mínimo en las

siguientes temáticas:

 

 

1. Educación en seguridad vial

2. Planes estratégicos de seguridad vial

3. Formación en el adecuado uso de los vehículos escolares

4. Normas de seguridad en el transporte de pasajeros, fundamentos y características de la

calidad en la prestación del servicio, normas de convivencia, principios y valores éticos

5. Fundamentos de relaciones interpersonales y solución de conflictos

6. Primeros auxilios

7. Funcionamientos de los mecanismos de seguridad de los vehículos

8. Normatividad de tránsito

 

¿Cuáles son las condiciones de operación que se han tenido en cuenta para garantizar la seguridad vial de los estudiantes?

 

Los recorridos y paradas del servicio estarán sujetas a las siguientes condiciones:

1. El ascenso y descenso de los estudiantes deberá efectuarse bajo la vigilancia del adulto

acompañante, quien deberá asegurarse que se efectúe de manera ordenada y segura

para los estudiantes. En todo caso, el alumno siempre deberá estar guiado por el adulto

acompañante.

2. La parada final deberá situarse en el interior de la institución educativa.

3. Si no es posible la parada final en el interior de la institución educativa, se fijará de modo que las condiciones de acceso desde dicha parada al centro educativo resulten lo más seguras, situándose siempre a la derecha en el sentido de la marcha.

4. Cuando no resulte posible que la parada esté situada en el mismo lado de la vía en que se encuentra el establecimiento educativo, se impondrán señalizaciones temporales o se requerirá la presencia de los agentes de tránsito.

Fuente
Alerta Tolima