Centros de Enseñanza Automovilística podrán empezar a operar
Con la reactivación de varios sectores de la economía, el Ministerio del Interior ya dio el visto bueno a las propuestas planteadas por la Administración Municipal, en la que los centros de enseñanza automovilística y centros de reconocimiento de conductores también podrán operar nuevamente.
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Así las cosas, estos establecimientos prestarán sus servicios en el horario de 6:00 de la mañana a 5:00 de la tarde cumpliendo con las medidas de bioseguridad establecidas por el Gobierno Nacional.
Las empresas pertenecientes a las industrias de la construcción y manufactura se mantendrán en los horarios ya establecidos; entretanto, el servicio de domicilios podrá operar hasta las 11:00 p.m.
Ninguna empresa habilitada en el Decreto 749 de 2020 podrá iniciar sus actividades sin el debido registro del Plan de Aplicación del Protocolo General de Bioseguridad a través de la página web www.ibague.gov.co/reactivacion-economica. Los establecimientos de comercio que se encontraban exceptuados, podrán continuar con su funcionamiento, no obstante, deberán realizar el registro de protocolos de bioseguridad
El proyecto de decreto también establece las actividades que no estarán permitidas durante el aislamiento preventivo:
- Eventos públicos o privados con aglomeración de personas
- Bares, discotecas, juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video
- Restaurantes únicamente con servicio a domicilio
- Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.
- Cines y teatros
Entre las medidas de distanciamiento físico en establecimientos y centros comerciales, se encuentran:
- Implementar el servicio mediante cita previa
- Uso hasta del 30% de la capacidad de los elevadores
- Máximo el 30% de la capacidad de ocupación de los centros comerciales, incluido sus locales
- Realizar controles en la entrada para evitar filas
- Establecer en la entrada del establecimiento el aforo correspondiente de clientes el cual no podrá superar el 30%
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Para el desarrollo de las actividades económicas y evitando la aglomeración en el sistema de transporte público, se establecieron horarios de funcionamiento:
- Mantenimiento y reparación de vehículos y sistema financiero: De 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Papelerías y CDA: De 9:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Centros comerciales: De 9:00 a.m. a 9:00 p.m.
- Comercio en general: De 9:0 a.m. a 6:00 p.m.
- Supermercados, veterinarias, farmacias y panaderías: De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.
- Servicios de urgencia: 24 horas.