Ibal deberá pagar indemnización a conductor de moto que sufrió accidente de tránsito
De acuerdo al fallo en segunda instancia emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima, la empresa de Acueducto y Alcantarillado de Ibagué, Ibal, deberá pagar una multa de $4. 627.710.
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El pago se deberá realizar al señor Jairo Alberto Padilla, quien sufrió un grave accidente el 22 de mayo de 2011, sobre las 6:00 de la mañana en el barrio El Carmen, donde por falta de mantenimiento de la vía ubicada en la calle 23 7-24 y la falta de mantenimiento de las redes de alcantarillado, existiendo fallo en el servicio por parte del Ibal.
Tras el accidente, el ciudadano fue trasladado a la clínica Asotrauma donde le diagnosticaron un esguince en el codo izquierdo incapacitándolo por 20 días.
Respecto a la demanda, la Administración municipal a través del Ibal respondió que, el accidente se habría ocasionado por las condiciones climáticas de la época además de la imprudencia del conductor.
Por lo anterior, a pesar que inicialmente en marzo del 2015, el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué absolvió al municipio, la decisión final por parte del Tribunal Administrativo fue que sí existió responsabilidad por parte de la empresa dado que, como está establecido por el Consejo de Estado en el artículo 28, “Las empresas tienen la obligación de efectuar el mantenimiento y reparación de las redes locales, cuyos costos serán a cargo de ellas”.
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Por lo anterior, el Tribunal determinó condenar a la empresa de acueducto y Alcantarillado de Ibagué, Ibal, pagarle al señor Jairo Padilla Leal la suma de $4.140.580 por perjuicios morales, además de $276.030 por daños materiales en la modalidad de lucro cesante y $211.100 por daños materiales en modalidad de daño emergente. Siendo un total de $4.627.710, los cuales deberán ser efectuados dentro de los términos indicados en los artículos 87 y 192 del CPACA.