Aunque no se tiene nuevo decreto por parte del alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, se le recuerda a la comunidad ibaguereña, que sigue vigente el decreto 675 dado a conocer el pasado 24 de diciembre del 2020 donde se adoptó el toque de queda con confinamiento total.
De igual manera, se estableció el toque de queda nocturno, el cual sigue activo hasta el próximo lunes 4 de enero del año 2021.
Según lo indicado por la Alcaldía a las noticias populares de La Cariñosa 1.420 AM, esta noche las personas deben estar en casa antes de las 8:00 de la noche debido a que a esa hora empieza la restricción de la movilidad nocturna.
Es decir que, que la ciudad sigue con medidas restrictivas de la siguiente manera:
- 2 de enero de 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del 3 de enero de 2021.
- 3 de enero de 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del 4 de enero de 2021.
Las personas para salir deben cumplir con el pico y cédula de la siguiente manera:
- Lunes: 0-1-2-3
- Martes: 4-5-6-7
- Miércoles: 8-9-0-1
- Jueves: 2-3-4-5
- Viernes: 6-7-8-9
- Sábado: 0-1-2-3-4
- Domingo: 5-6-7-8-9
Así las cosas, estas medidas se deben cumplir para evitar sanciones, además, por ahora, no hay más decisiones por parte del Gobierno Ibagué Vibra. Se espera que el próximo lunes 4 de enero el mismo mandatario local expida un nuevo decreto o adopte el del gobernador del Tolima, Ricardo Orozco.
¿Qué dice el gobernador?
Desde el pasado 31 de diciembre de 2020, el gobernador del Tolima, Ricardo Orozco, dio a conocer el decreto 1167 donde se estableció toque de queda nocturno extendido desde las 10:00 de la noche, hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente. Dicha determinación irá hasta el 12 de enero, pero el alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, no la ha adoptado.
Así mismo se establecieron:
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana del 2 de enero hasta el 12 del mismo mes.
- No se prohíbe el expedido de bebidas embriagantes.
- Vigilar y restringir la movilización y desplazamiento de personas a fin de garantizar la salud de los ciudadanos evitando aglomeraciones.
- En ningún municipio del departamento se pueden habilitar los siguientes espacios públicos, actividades presenciales, eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeraciones de personas.
- Instar a los alcaldes del departamento a adoptar las medidas que salvaguarden la vida de los ciudadanos.
- Tener activas las excepciones que se han venido adoptando junto al Ministerio del Interior.