Personería destacó fallo de la Procuraduría contra docente que acosó sexualmente a dos de sus estudiantes
La Personería de Ibagué, como órgano de control disciplinario local en primera instancia, resaltó el fallo proferido por la Procuraduría General de la Nación, que destituyó e inhabilitó por 11 años al profesor de la Institución Educativa San Pedro Alejandrino de Ibagué (Tolima), José Vicente Lozano Hormaza, por presuntamente acosar sexualmente a dos niñas de su clase.
Por este caso la Personería Municipal había iniciado el respectivo proceso disciplinario, profiriendo el pasado 23 de julio la resolución 175 mediante la cual declaró disciplinariamente responsable al docente José Vicente Lozano Hormaza de la comisión de la falta disciplinaria endilgada, calificada como gravísima e imputada a título de dolo, imponiéndole la sanción de destitución e inhabilidad general para ejercer cargos públicos por el término de 11 años al haberse encontrado responsable del cargo imputado; decisión que fue recurrida por el disciplinado siendo confirmada en su integridad por la Procuraduría Regional del Tolima mediante la resolución 015 del 30 de septiembre de 2020.
En el fallo de primera instancia del órgano de control Municipal, estableció que el profesor adscrito a la Institución Educativa San Pedro Alejandrino, aprovechó su posición y el estado de indefensión de sus alumnas para hacerles insinuaciones obscenas y tocamientos indebidos en partes íntimas al interior de un aula.
Para la Personería es evidente que, con la comisión de la conducta reprochada, el docente Lozano Hormaza afectó derechos fundamentales de sus alumnas, en este caso el derecho a la libertad, formación e integridad sexual que deben ser respetadas en extremo y más tratándose de menores de edad cuya formación e integridad se encontraban encomendadas a él por parte del Estado.
Uno de los criterios que tuvo en cuenta el ente de control para imponer la sanción, es que, dada la formación como educador del disciplinado, el amplio término durante el cual ha ejercido la docencia en el sector educativo oficial (más de 20 años), para el investigado era tener previo conocimiento que la conducta desplegada era contraria a la ley y por ello ilícita.