En el ojo del huracán se encuentra el alcalde de San Luis, Guillermo Ignacio Alvira, tras recibir una orden de arresto domiciliario y multa por un hecho de desacato que se presentó desde su Administración.
Los hechos se dieron luego de que se diera a conocer un fallo a favor del señor José Edilberto Acosta Figueroa y otros ciudadanos quienes entablaron un proceso debido al manejo de un predio donde se apelaba:
Antecedentes:
“En decisión adoptada por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Guamo Tolima el pasado 27 de octubre de 2020 dispuso revocar el fallo de tutela de fecha 23 de septiembre de 2020, proferido por esta instancia judicial., y en su lugar tutelar el amparo de los derechos fundamentales a la vivienda digna, a la vida digna y a la integridad personal (en conexidad), que les asiste a los señores José Edilberto Acosta Figueroa y otros y como consecuencia de ello, ordenó al ente territorial accionado Municipio de San Luis Tolima a través de su representante legal Guillermo Ignacio Alvira Acosta".
Esto teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por las autoridades, donde se hacían las diferentes peticiones ante el caso y se daba el plazo establecido para que el alcalde contestara las mismas.
La petición:
Según indicó el documento, la petición realizada por los afectados fue la siguiente:
“Solicitan los incidentantes que, (i) con fundamento en los hechos narrados, se ordene al señor Guillermo Ignacio ALVIRA Acosta, alcalde del Municipio de San Luis Tolima el cumplimiento del fallo, o en su defecto se imponga la multa y la orden de arresto que están prescritos en la norma; (ii) solicitan notificar la acción de desacato al señor Personero Municipal de San Luis Tolima, toda vez que este coadyuvo la acción de tutela motivo del presente incidente, y que este tiene argumentos legales para hacer y demostrar que la administración municipal debe de dar cumplimiento al fallo; (iii) por último que de persistir en la negativa de dar cumplimiento al fallo, se compulsen las copias a la procuraduría provincial de Ibagué”.
Ante dichos actos, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Luis, decretó :
Primero declarar: Que el señor Guillermo Ignacio Alvira Acosta en su calidad de representante legal del ente territorial, incurrió en desacato al fallo de tutela de segunda instancia proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Guamo Tolima de fecha 27 de octubre de 2020.
Segundo: Requerir al señor Guillermo Ignacio Alvira Acosta en su calidad de representante legal del ente territorial municipal de San Luis para que procedan a dar cumplimiento inmediato a la orden proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Guamo Tolima de fecha 27 de octubre de 2020.
Tercero: Sancionar al señor Guillermo Ignacio Alvira en su calidad de representante legal del ente territorial del municipio de San Luis con arresto de cinco (5) DÍAS, los cuales deberán pagar en las instalaciones del Comando de Policía de San Luis Tolima, para el efecto se emitirá la correspondiente orden a la Policía Nacional.
Cuarto: Sancionar al señor Guillermo Ignacio Alvira Acosta en su calidad de representante legal del ente territorial municipio de San Luis, con multa que deberán consignar de su propio peculio, equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales vigentes, dentro de los tres (3) días siguientes a la ejecutoria de esta decisión a nombre del Consejo Superior de la Judicatura en la cuenta del Banco Agrario de Colombia N° 3-082-00-00640-8 denominada Rama Judicial - Multas y Rendimientos – Cuenta Única Nacional, una vez en firme esta providencia. De no cancelarse oportunamente la multa impuesta se procederá a su cobro coactivo.
Quinto: Advertir que esta sanción, no exonera de la obligación de dar cumplimiento al fallo, so pena de incurrir en sanción similar.
Finalmente, esta redacción intentó comunicarse con el mandatario, sin embargo no fue posible obtener respuesta.