En fallo de la Procuraduría General de la Nación, se emitió sanción con suspensión por 10 meses, en contra del ex Personero de Ambalema, Jeyson Stein Quintero Irreño, por haber incumplido en tramitar, custodiar, cuidar y reconstruir una queja instaurada contra la gerente de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios del municipio.
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El Ministerio público demostró que el disciplinado no adelantó la investigación de una queja contra la empresa de servicios públicos y dar cumplimiento a lo ordenado por un fallo de tutela que amparó derechos sindicales.
Para la Procuraduría el exfuncionario incumplió el Código Disciplinario Único que establece como deber de los servidores públicos “custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos”.
La falta del ex Personero fue calificada por el ente disciplinario como grave a título de culpa grave, toda vez que incumplió sus obligaciones legales y constitucionales.
De acuerdo a la Procuraduría General, con el fin de investigar las posibles irregularidades disciplinarias en que podrían haber incurrido directivos de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Ambalema, por el presunto incumplimiento del fallo de tutela del 21 de octubre de 2010, se compulsaron copias a la Procuraduría Provincial de Honda.
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Contra la decisión de primera instancia el abogado del investigado interpuso recurso de apelación ante la Procuraduría Regional Tolima.