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Abogado Wilson Leal Echeverry
19 Feb 2019 06:35 AM

Seis consejos para sobrevivir al ‘predialazo’ 2019

Alerta
Tolima

Reina la incertidumbre entre los contribuyentes del impuesto predial en la ciudad de Ibagué. Al conocerse finalmente la facturación de la vigencia fiscal 2019, cada uno de los propietarios y /o poseedores de inmuebles, podrá tener su propio juicio y concluir si era cierta la promesa de la Alcaldía de impactos moderados en el cobro del predial o si teníamos la razón quienes venimos alertando desde el año anterior a la comunidad.

La columna que presento esta semana, no tiene el propósito de llover sobre lo mojado diciendo “yo se los dije”, no señor. Me ocuparé de dar seis recomendaciones básicas desde la óptica jurídica para pasar este trago amargo que nos han servido a los ibaguereños:

Primera: Imprima su recibo desde la página de la Alcaldía, compárelo con el que le llegue a su casa. Si hay diferencias entre los dos, pague el más económico y de esa manera va a dejar saldada su obligación con el erario. En efecto el principio de confianza legítima que ha reconocido en múltiples oportunidades la Corte Constitucional y exigible por tutela, le da la razón a quien siga este consejo.

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Segunda: Presente su reclamación ante la Alcaldía si detecta errores en la imputación de pagos anteriores, en el uso del inmueble y particularmente en el cálculo del beneficio que dio el Concejo. En una muestra de 127 recibos, encontramos diferencias significativas en 14 casos. Hágalo ya, de manera escrita e invocando el derecho de petición en interés particular, con lo cual deberán contestarle en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Tercera: Si persiste el error en la facturación, interponga el por escrito “recurso de reconsideración” contra el recibo, invocando las razones de su inconformidad.  Pida en su recurso que le restituyan los plazos de pronto pago con suspensión del término que dure el trámite del recurso.

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Cuarta: Si tiene deudas anteriores por predial y le han liquidado oficialmente el tributo, benefíciese del descuento del 80% de intereses que estableció la Ley de Financiamiento, pagando antes de octubre de este año las vigencias que le hayan liquidado. Ese “papayazo” no opera para la actual vigencia 2019.

Quinta: Si su propiedad es estrato 1 o 2 y el recibo le llega por un valor cercano al del año anterior, le recomiendo hacer el esfuerzo y pagar en la etapa de descuento del 15 % que vence en marzo.

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Sexta: Estamos proponiendo judicialmente un medio de control para lograr que en ningún caso los incrementos superen el 25% de lo pagado por impuesto predial el año 2018, esta medida podría beneficiar a un número importante de contribuyentes, pero no a quienes tuvieron incrementos inferiores al 25%, Estaremos informando oportunamente las decisiones que se tomen por el juez de conocimiento.

En nuestra página www.wilsonleal.com estaremos publicando modelos de la reclamación inicial y del recurso de reconsideración para que usted los descargue y haga uso de ellos.

Este artículo obedece a la opinión del columnista / Reproducción autorizada por el autor