Cortolima continúa ejecutando estrategias para la compra de predios de interés ambiental, con el propósito de conservar y proteger los ecosistemas estratégicos que se hallan en zonas de influencia que provean acueductos municipales y/o veredales.
Como es el caso de la adquisición de predios ambientales en el municipio de Purificación en convenio con Agenda Sur, donde se contó con la participación de 30 asistentes como: la Alcaldía, Presidentes de Junta de Acción Comunal, Líderes Comunitarios, Juntas Administradoras de Acueductos y propietarios interesados, socializaron las condiciones que se deben presentar al momento de ofertar de predios de interés ambiental.
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Los requisitos que se deben tener en cuenta para adquirir algún predio de interés ambiental ante Cortolima son:
Documentos para la oferta de predios:
- Carta de ofrecimiento firmada por el (los) propietario o su apoderado, con datos de contacto completos (dirección, teléfono, correo electrónico).
- Poderes debidamente autenticados del (los) propietario (en caso de que haya apoderado).
- Certificado de libertad y tradición como mínimo 1 mes de expedición.
- Fotocopia de la escritura de adquisición del ultimo propietario (s).
- Fotocopia de la cedula del propietario (s).
- Descripción del predio, referente a su área, localización, atributos de importancia ambiental.
- Levantamiento topográfico en caso de tenerlo.
- Certificación de Junta de Acción Comunal, Junta administradora de acueducto o comunidad beneficiada por las zonas hidrográficas que el predio ofertado tiene.
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Parámetros jurídicos:
Situaciones de NO VIABILIDAD JURÍDICA para adquisición de predios
- Predios que presenten falsa tradición: cuando los inmuebles tengan trasmisión de un derecho de propiedad incompleto a saber:
Compraventa, donación o cesión de derechos de cuota.
Compraventa, donación o cesión de derechos “herenciales”.
Compraventa, donación o cesión de gananciales.
Compraventa de mejoras sobre suelo ajeno, sea este de un particular o sobre predio baldío.
- Predios sobre los cuales recae servidumbre petrolera, eléctrica, minera y cualquier otra que conlleve a la afectación de los recursos naturales.
- Cuando se trate de compraventa de usufructos perpetuos o temporales y muda propiedad.
- Predios adjudicados por el INCORA, INCODER, ANT, ADR, ya que no son objeto de actualización de área y linderos por parte del IGAC.
- Predios en los cuales la tradición sea menor de 5 años.
- Predios que tengan grandes mejoras, tales como casas quintas, piscinas, establos, piscícolas, entre otras.
- Predios cuyos propietarios no cuenten con escrituras o sentencias judiciales de adjudicación debidamente registradas al folio de matrícula inmobiliaria.
- Predios en los que por orden judicial se prohíba la enajenación del inmueble.
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Requisitos de Cortolima
- Los predios ofertados deberán ser de importancia ambiental estratégica.
- Los predios deberán contar con por lo menos el 50 % de su área con zona boscosa.
- En el predio deberán existir zonas hidrográficas abastecedoras de acueductos veredales o municipales.
- El área del predio no deberá ser inferior a 30 hectáreas.