Tribunal Administrativo del Tolima declaró nulidad la elección del personero de Ibagué
Tras la acción de nulidad interpuesta por el ex contralor departamental Efraín Hincapié ante el Tribunal Administrativo del Tolima sobre la elección del personero de Ibagué, Camilo Ernesto Ossa, el Tribunal atendió las pretensiones en primera instancia.
Según el ex contralor, la elección en marzo del año inmediatamente anterior por los concejales del municipio, tuvo ciertas irregularidades, al no tenerse en cuenta los resultados del concurso de méritos adelantado por la Esap para la elección del mencionado cargo, donde él ocupó el primer lugar.
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Para la época, los cabildantes Víctor Julio Riza Loaiza, Juan Evangelista Ávila Sánchez, Camilo Ernesto Delgado Herrera, Víctor Hugo Gracia Contreras, Pedro Antonio Mora, Ernesto Ortiz Aguilar, Linda Esperanza Perdomo, Marco Tulio Quiroga, William Rosas, Oswaldo Rubio, William Santiago Molina; consideraron que el abogado hincapié no podía ocupar la personería.
Lo anterior, teniendo en cuenta que al parecer se encontraba inhabilitado, ya que había tenido algunos contratos con la universidad que adelantó el proceso, adicionalmente porque había ocupado un cargo público en el periodo anterior, argumentos que desde entonces han sido refutados por Hincapié.
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Por el momento, el directamente implicado Camilo Ossa, ha dado a conocer a diferentes medios de comunicación que apelará dicha decisión del tribunal ante el Consejo de estado, quienes determinarán si revocan el fallo en primera instancia por parte del Tribunal Admirativo o ratifican dicha decisión.
Es de mencionar que según el fallo del Tribunal, se violaron varias normas por parte de los Concejales, entre ellos los artículos 1,2,3,4,121,122,1123,124,125; 126 y 313-8 de la Constitución Política artículo 170 de la ley 136 de 1994.
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Agrega que los Cabildantes no tuvieron en cuenta el puntaje que obtuvieron los aspirantes donde Camilo Ernesto Ossa obtuvo 63,21 puntos frente a Efraín Hincapié con un puntaje de 77,19.
Respecto a los argumentos de posible inhabilidad de Hincapié, el Tribunal manifiesta que dichos argumentos no fueron claros ni justificados para haber elegido al segundo en la lista.
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