Hoteles de municipios de menos de 200 mil habitantes no necesitan decreto reglamentario
La ministra de Comercio, Industrial y Turismo, María Lorena Gutiérrez, y el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dieron a conocer la campaña “Menos Trámites, Más Simples”, donde aclararon las condiciones que los propietarios de hoteles deben cumplir para poder adquirir el incentivo tributario.
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En su intervención, Gutiérrez dio a conocer que lo que se busca es potenciar la inversión hotelera con el fin de atraer más visitantes e impulsar el turismo, especialmente en zonas del país que fueron más afectadas con el conflicto, mientras tanto Cárdenas anunció que quienes vayan a construir hoteles en los próximos 10 años en municipios con menos de 200 mil habitantes se le garantiza una tarifa del 9% del impuesto de venta hasta 20 años.
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Hasta el momento van 11 municipios los que están dispuestos a explorar el turismo como reconciliación, reincorporación y desarrollo del territorio, por ejemplo en el Tolima se sumaron los municipios de Icononzo y Planadas.
En la presentación de la campaña se le recordó a los empresarios que quienes vayan a adquirir el beneficio, se deben inscribir en el Registro Nacional de Turismo y tener al día los aportes parafiscales, mientras que la DIAN verificará que los nuevos hoteles tengan la respectiva documentación.
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- Certificación expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, acerca de la prestación de servicios turísticos en el establecimiento hotelero nuevo.
- Certificación expedida por la Curaduría Urbana, por la Secretaría de Planeación o por la entidad que haga sus veces en el domicilio del inmueble, en la cual conste la aprobación del proyecto de construcción del establecimiento hotelero nuevo.
- Certificación del Representante Legal y del Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, en la cual conste:
- Que el valor de las rentas solicitadas con tarifa del nueve por ciento (9%), en el respectivo año gravable, corresponden a servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos a entre el 1° de enero del año 2017 y el 31 de diciembre del año 2027;
- Que lleva contabilidad separada de los ingresos por servicios hoteleros y de los originados en otras actividades.
Fuente: radiosantafe.com
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