9 Feb 2018 01:51 PM

Hoteles de municipios de menos de 200 mil habitantes no necesitan decreto reglamentario

Alerta
Tolima

La ministra de Comercio, Industrial y Turismo, María Lorena Gutiérrez, y el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dieron a conocer la campaña “Menos Trámites, Más Simples”, donde aclararon las condiciones que los propietarios de hoteles deben cumplir para poder adquirir el incentivo tributario.

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En su intervención, Gutiérrez dio a conocer que lo que se busca es potenciar la inversión hotelera con el fin de atraer más visitantes e impulsar el turismo, especialmente en zonas del país que fueron más afectadas con el conflicto, mientras tanto Cárdenas anunció que quienes vayan a construir hoteles en los próximos 10 años en municipios con menos de 200 mil habitantes se le garantiza una tarifa del 9% del impuesto de venta hasta 20 años.

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Hasta el momento van 11 municipios los que están dispuestos a explorar el turismo como reconciliación, reincorporación y desarrollo del territorio, por ejemplo en el Tolima se sumaron los municipios de Icononzo y Planadas.

En la presentación de la campaña se le recordó a los empresarios que quienes vayan a adquirir el beneficio, se deben inscribir en el Registro Nacional de Turismo y tener al día los aportes parafiscales, mientras que la DIAN verificará que los nuevos hoteles tengan la respectiva documentación.

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  1. Certificación expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, acerca de la prestación de servicios turísticos en el establecimiento hotelero nuevo.
  2. Certificación expedida por la Curaduría Urbana, por la Secretaría de Planeación o por la entidad que haga sus veces en el domicilio del inmueble, en la cual conste la aprobación del proyecto de construcción del establecimiento hotelero nuevo.
  3. Certificación del Representante Legal y del Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, en la cual conste:
  4. Que el valor de las rentas solicitadas con tarifa del nueve por ciento (9%), en el respectivo año gravable, corresponden a servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos a entre el 1° de enero del año 2017 y el 31 de diciembre del año 2027;
  5. Que lleva contabilidad separada de los ingresos por servicios hoteleros y de los originados en otras actividades.

Fuente: radiosantafe.com

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