Ahora los policías de transito, no podrán poner multas a los vehículos por tener los vidrios polarizados. Desde el Ministerio de Transportes, se aseguró a través de una resolución que, los agentes de transito deberán tener en cuenta los niveles permitidos establecidos.
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A través de un fotómetro o luxómetro, se medirá la opacidad de los vehículos para determinar si esta en los niveles permitidos. Esto quiere decir que, los carros que tengan una película entintada que protege de los rayos UV, no se verán en la obligación de tramitar alguna clase de permiso.
En determinado caso que, el dueño del vehículo deba tener un nivel superior de opacidad, deberá realizar un tramite ante la Policía Nacional con un permiso entregado por el Ministerio de Defensa, equivalente a un salario mínimo.
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Sin embargo, los agentes de transito aún no cuentan con los dispositivos necesarios para verificar esto.
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Los niveles permitidos:
- Automóviles: Panorámico: 70 por ciento de luminosidad – 30 por ciento de opacidad, vidrios laterales delanteros: 70% – 30%, vidrios laterales traseros: 55% – 45%, vidrio posterior: 55% – 45%
- Camionetas: Panorámico: 70% – 30%, vidrios laterales delanteros: 70% – 30%, vidrios laterales traseros: 55% – 45%, vidrio posterior y si hay más ventanas traseras: 14% – 86% (el más oscuro)
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