Ante la medida informada por las autoridades frente a las sanciones que enfrenta el ingeniero Andrés Fabián Hurtado, alcalde de Ibagué, por presunto desacato al derecho de petición interpuesto por el transportador José Edilson Pava, la Administración Municipal aclara:
1- El pasado 10 de marzo de 2023, en el marco de una acción de tutela presentada por el señor José Edilson Pava, la Jueza Catorce Penal Municipal con Funciones de Conocimiento del municipio de Ibagué ordenó al señor Alcalde, Ingeniero Andrés Fabián Hurtado Barrera, dar respuesta al derecho de petición presentado el pasado 8 de febrero de 2023 por el señor Pava.
2.- La señora Jueza en la providencia que resuelve la acción de tutela no manifestó que el señor Alcalde, ingeniero Andrés Fabián Hurtado Barrera haya calumniado al señor José Edilson Pava Espitia. Se reitera, la sentencia de tutela ordenó la contestación de un derecho de petición presentado por el señor Pava el pasado 8 de febrero de 2023.
3.- El derecho de petición presentado por el señor José Edilson Pava el pasado 8 de febrero de 2023, fue asignado por competencia a la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Ibagué, quien dio respuesta al mismo con oficio 1030- 007662 del 15 de febrero de 2023, el cual fue remitido al señor Pava a través del correo electrónico veeduriatransportedeltolima@gmail.com
4.- La providencia que declara que el ingeniero Andrés Fabián Hurtado, en su condición de Alcalde Municipal de Ibagué, ha incurrido en desacato respecto del fallo de tutela del 10 de marzo de 2023 y como consecuencia de ello ordena el arresto y el pago de una multa, no se encuentra en firme, como quiera que no se ha surtido el grado jurisdiccional de consulta ante el Juzgado Penal del Circuito que por reparto deba revisar la decisión de la Jueza Catorce Penal Municipal con Funciones de Conocimiento.
5.- Por parte de la Oficina Jurídica del Municipio de Ibagué se remitirá el informe respectivo al Juzgado Penal del Circuito, que por reparto conozca en grado de consulta la sanción impuesta al Señor Alcalde, acreditando que se ha dado estricto cumplimiento a la orden judicial impartida el pasado 10 de marzo de 2023, en la medida que se dio respuesta a la petición que el señor José Edilson Pava presentó el pasado 8 de febrero de 2023; con lo cual se solicitará revocar la sanción impuesta.