CÁRCEL PICALEÑA
Colprensa
2 Jun 2020 07:20 AM

Juez le ordenó al Coiba Picaleña notificar a los internos sobre sus procesos judiciales por canales virtuales

Samuel
Barreto Bonilla
La medida se tomó luego de interponerse una acción de tutela.

Las autoridades judiciales fallaron a favor de los internos de la cárcel del Coiba Picaleña, luego que por intervención de la Procuraduría se interpusiera una tutela que buscaba garantizarles a las personas privadas de la libertad sobre las notificaciones judiciales a través de correos electrónicos.

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Es de recordar que, desde la dirección del penal ibaguereño, en cabeza del Mayor Robely Trujillo, se estableció que las notificaciones debían hacerse de forma presencial, lo cual iba en contra de las directrices enmarcadas en las medidas preventivas para evitar el riesgo de contagio y propagación del coronavirus. 

Ante esta situación, la Procuraduría Judicial interpuso una tutela la cual fue analizada por los entes judiciales, por lo cual el Juzgado Segundo Penal del Circuito que declaró que se debe respetar y garantizar el derecho a la justicia que tienen los internos de la cárcel de Coiba Picaleña. 

Siendo así, el fallo dicta que en menos de 48 horas el INPEC deberá disponer del personal idóneo, adecuando y suficiente para tramitar las notificaciones entregadas por vías virtuales y dirigidas a las personas privadas de la libertad, medida que también cobija al Ministerio de Justicia y a la Dirección Central del INPEC para que se disponga de los funcionarios necesarios para dar cumplimiento a esta actividad.

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Es de recordar que, como lo informaba Alerta Tolima de las Noticias Populares de la Cariñosa, luego de una constante seguidilla de denuncias en contra de las instalaciones de la Estación de Policía de El Líbano, donde las personas privadas de la libertad se encontraban en condiciones infrahumanas, la Procuraduría emitió una solicitud que fue atendida por un juez que ordenó brindar asistencia sanitaria a esta población.

El Juez Promiscuo de Familia del Líbano, Tolima, emitió una orden dirigida al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec-, la cual deberá ser acatada por las alcaldías de Líbano, Villahermosa y Murillo en el cual deben poner en marcha un plan de acción que garantice asistencia alimentaria y sanitaria a las personas privadas de la libertad –PPL- en la estación de Policía de ese municipio, y que evite el riesgo de un eventual contagio de coronavirus.

Este fallo fue proferido en atención de una acción de tutela instaurada por la Procuradora 302 Judicial Penal, la cual envió la solicitud de protección de los derechos a la dignidad humana, salud y vida de PPL que están recluidas en la estación de Policía de El Líbano sin las condiciones mínimas de seguridad sanitaria.

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En el fallo se especifica que los internos de la estación de Policía de este municipio se encuentran en condiciones que vulneran la Constitución Política, “No hay disposición de sanitarios ni duchas, tampoco un ambiente sano, y además por la situación del coronavirus no es posible el aislamiento social con lo cual hay un evidente foco de contagio”.

En el fallo a la acción de tutela se ordena que además de la respectiva alimentación también se suministren elementos de aseo personal, colchonetas, sábanas, agua potable, se instale una batería sanitaria para hombres y otra para mujeres, y que se disponga de jornadas de aseo permanente. Además, se requirió la creación de un plan de atención en salud, que tenga como objetivo prioritario prevenir el contagio del coronavirus en el lugar.

Por último se ordenó al Alcalde del Líbano, Jesús Antonio Giraldo Vega, gestionar el proyecto para la construcción de un centro de detención para PPL.