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Foto: Universidad de Ibagué
10 Jul 2018 08:39 AM

Unibagué respondió a fallo de Corte Constitucional que ordena reintegro de docente

Alerta
Tolima

Mónica Godoy Ferro, quien se desempeñaba como docente de la Facultad de Humanidades fue despedida por la Universidad de Ibagué, según la afectada, sin ninguna justificación después de que denunciara ante las directivas de la institución presuntos casos de acoso sexual y laboral en contra de varias empleadas del plantel educativo.

Pese a que la tutela que  interpuso la antropóloga  ante  un juzgado local de Ibagué fue fallada en su contra, tanto allí como en segunda instancia ante el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Ibagué, esta fue escogida por la Corte Constitucional para su revisión.

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Para el Alto Tribunal, el despido de Godoy fue una consecuencia de su defensa de las mujeres que se desempeñaban como vigilantes de la universidad, quienes habían denunciado sus casos y se habían acercado a esta docente en busca de ayuda y ordenó a la Universidad de Ibagué: “dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a REINTEGRAR a la accionante Mónica Godoy Ferro, a un cargo de iguales o mejores condiciones al que ocupaba al momento de su desvinculación, por el lapso que restaba para concluir el término de prórroga pactado el 18 de junio de 2017”.

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Además, la Corte odenó revocar la Sentencia de segunda instancia dictada el 2 de noviembre de 2017 por el Cuarto Civil del Circuito de Ibagué que, a su vez, confirmó la decisión de primera instancia, proferida el 19 de septiembre de 2017 por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Ibagué y conceder el amparo de los derechos fundamentales a la no discriminación y a la libertad de expresión de Mónica Godoy Ferro.

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Tras el fallo que determinó la Corte constitucional frente al caso presentado por Mónica Godoy Ferro profesora de Antropología, el alma máter dio a conocer su punto de vista frente a esta situación en un comunicado oficial cuyo contenido es el siguiente:

COMUNICADO INSTITUCIONAL

Con relación a la acción de revisión adelantada por la honorable corte constitucional, en el caso de la acción de tutela en tablada por la profesora Mónica Godoy Ferro contra la Universidad de Ibagué, el rector Hans-Peter Knudsen Quevedo manifiesta a la comunidad Universitaria y general lo siguiente:

Amparada en las disposiciones nacionales que regulan las relaciones de trabajo, la Universidad de Ibagué tomó la decisión de culminar unilateralmente y sin justa causa el contrato laboral de la profesora Mónica Godoy Ferro, el 17 de agosto de 2017, cancelándole la indemnización a que tenía derecho. El manejo dado por la universidad al caso se dio desde la óptica laboral,  mediada de manera exclusiva por el vínculo laboral de la profesora con la institución y en el marco de las atribuciones que establece la ley; si nunca pretender menoscabar sus derechos fundamentales.

La decisión de la universidad género diferencias entre las partes, por lo que la profesora Godoy y su uso de las instancias judiciales para dirimir tales discrepancias.

El Juzgado Noveno Civil Municipal de Ibagué (Tolima), y fallo de primera instancia resolvió denegar el amparo de los derechos fundamentales reclamados por la profesora Godoy por estimar que aquella "tenía a su disposición la acción de reintegro para la protección de sus derechos, por lo que no resultaba procedente acudir a la acción de tutela para satisfacer dicha pretensión".  De igual forma, en fallo de segunda instancia, el Juzgado Cuarto Civil De Circuito de Ibagué (Tolima) confirmó el fallo objeto de impugnación.  En criterio del fallador, no se demostró que la accionante fuera víctima de acoso laboral, ni que hubiera sido obligada a renunciar. De esta forma, los dos fallos de tutela coincidían con la visión de la Universidad.

No obstante, la corte constitucional seleccionó para revisión la tutela entablada por la profesora Godoy, y en fallo del 26 de junio de 2018 tomó la decisión de revocar la sentencia de segunda instancia del juzgado noveno civil municipal de Ibagué, que a su vez confirmó la decisión del primera instancia, y en su lugar, conceder el amparo de los derechos fundamentales a la no discriminación y a la libertad de expresión de la docente.

La Universidad de Ibagué conocedora del orden jurídico y respetuosa de los fallos judiciales, acata en su integridad la decisión tomada por la corte constitucional de reintegrar de manera inmediata a la profesora Mónica Godoy, así como reconoció el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su desvinculación hasta el momento de su reintegro.

En la medida en que desde el punto de vista de la Universidad de Ibagué no ha habido confrontación personal sino diferencia de visiones, la Universidad acoge a la profesora Godoy sin prevención y con el ánimo de construir conjuntamente para bien de la comunidad universitaria y de las instituciones de educación superior en general.

La universidad de Ibagué reconoce la importancia de continuar trabajando en la adopción de políticas, estrategias o rutas de prevención y mitigación de las actuaciones que constituyan violencia de cualquier tipo al interior de la institución, estableciendo una especial estrategia, para la atención de casos de violencia de género que puedan ocurrir.

La universidad continúa la comprometida con su valor fundacional de compromiso con el desarrollo permanente de la ciudad, el departamento y la región como lo ha venido haciendo comprobadamente en sus 38 años de existencia.