La Personero encargado Juan Felipe Arbeláez, se despidió como jefe del órgano de control disciplinario del municipio con falló sancionatorio e inhabilidad de 12 años en primera instancia, emitido mediante resolución 073 del 13 de marzo de 2018 contra del ex secretario administrativo de la alcaldía José Adrián Monroy Tafur para época de los hechos, decisión que también cobija a José Manuel Criollo Rodríguez, con una suspensión en ejercicio del cargo por el término de 8 meses como director del grupo de recursos físicos de la alcaldía.
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Según las investigaciones de la Personería, “José Adrián Monroy en su calidad de secretario administrativo de la alcaldía como ordenador del gasto para la época de los hechos, en el mes de junio de 2015 se probó su responsabilidad disciplinaria con ocasión del proceso precontractual a través de la resolución 1045 84 del 11 de junio del 2015, que ordenó la apertura del proceso de selección abreviada de menor cuantía para contratar el suministro de equipos de oficina para la Secretaría de Hacienda con la expedición y firma de la resolución 1040 de 17 de julio del mismo año por el medio del cual se adjudicó el proceso de menor cuantía a un proponente que no reunían los requisitos exigidos en el pliego de condiciones definitivas”.
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De otra parte el organismo disciplinario estableció que bajo la misma modalidad de contratación de selección abreviada de menor cuantía, se ordenó adjudicar otro proceso para el suministro de equipos de oficina para la misma Secretaría de Hacienda a través de la resolución 1040 794 del 17 de julio de 2015 a un proponente que no reunió los requisitos del pliego de condiciones, evidenciando que el disciplinado con su proceder desatendió los principios de responsabilidad y selección objetiva como orientadores de la contratación estatal, establecidos en la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007. La falta del titular de la cartera para la época de los hechos, fue calificada por la Personería como culpa gravísima por la violación de reglas de contratación de obligatorio cumplimiento.
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Por otro lado José Manuel Criollo en su calidad de director del grupo de recursos físicos y miembro del comité evaluador escrito la Secretaría Administrativa para la época de los hechos, en el mes de julio de 2015 y como miembro del comité evaluador en el desarrollo de los procesos de selección abreviada, al momento de calificar y evaluar las propuestas presentadas por los oferentes, se comprobó su responsabilidad al no motivar en debida forma la calificación conforme a los lineamientos del pliego de condiciones definitivo, establecido en el manual de contratación de la entidad y el pliego de condiciones. La falta del funcionario fue calificada por la Personería como grave a título de culpa grave.
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Durante el encargo de Juan Felipe Arbeláez en la Personería municipal, también se profirieron falló sancionatorios en contra de varios funcionarios de la alcaldía de Luis H Rodríguez, entre los que se destacan el que cursa en contra de Juan José Corral en su calidad de gerente de la Gestora Urbana, funcionario que luego ocupara la gerencia del IBAL y la sanción en contra de la ex Secretaría de Cultura Turismo y Comercio de Ibagué Ángela Viviana Gómez.
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