Corte Constitucional Referencia
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RcnRadio
11 Abr 2024 05:59 AM

Fue devuelto el Plan Nacional de Desarrollo al Senado por Corte Constitucional

Diego
Espitia
El tribunal dio un plazo de 30 días al presidente del Senado para que rinda un informe sobre el nuevo proceso..

La Corte Constitucional devolvió al Senado de la República la ley del Plan Nacional de Desarrollo, para que esa corporación vuelva a realizar la votación para corregir un vicio de procedimiento por el que fue demandada esa norma. 

El tribunal estudia un recurso de revisión de constitucionalidad por aparentes errores en el trámite del proyecto de ley en el Congreso, relacionados con la publicidad de al menos 45 artículos, por lo que el tribunal resolvió remitir la ley para que el Senado corrija el aparente vicio. 

“ORDENAR al presidente del Senado de la República que, con el fin de subsanar el vicio de procedimiento advertido en esta providencia, en los términos del inciso 2° del artículo 161 de la Constitución Política, someta a debate y votación de la Plenaria del Senado de la República el informe de conciliación sobre el proyecto de ley”, afirma el pronunciamiento. 

La Sala Plena de ese tribunal consideró oportuno que el Senado subsane el error, debido a que se habría incurrido en este vicio por factores externos que no son responsabilidad de la corporación que ahora deberá adelantar ese nuevo trámite. 

“El principio de publicidad fue desconocido por cuenta de causas exógenas y relacionadas con problemas tecnológicos de la página web prevista por la Imprenta Nacional para tal finalidad”, añade la información difundida por la corte. 

Los magistrados dieron un plazo de 30 días al presidente del Senado, Iván Name, para que remita un informe sobre el proceso para subsanar el problema que generó el inicio de la discusión jurídica. 

RINDA informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la presente providencia y REMITA copia de las respectivas actas de Plenaria, para que la Corte Constitucional se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley 2294 de 2023*, respecto del cargo admitido (vulneración del principio de publicidad ) en el expediente de la referencia”, afirmó el tribunal. 

El Congreso tiene 30 días, por lo que la Corte Constitucional levantó los términos de cualquier actuación procesal en este caso mientras que la corporación cumple con la orden dada por los magistrados. 

Finalmente aclararon que mientras este proceso no haya sido cumplido, la ley del Proyecto Nacional de Desarrollo seguirán vigentes y tendrán los efectos que la norma establezca. 

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Fuente
Sistema Integrado de Información