Puente de la variante
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11 Oct 2024 07:01 AM

Niegan instalación de malla de protección en el puente de la Variante en Ibagué

Paula Andrea
Rodríguez Capera
El Consejo de Estado, en segunda instancia, falló en contra de la acción popular interpuesta para evitar que las personas acaben con su vida

Hace unos meses, se solicitó mediante una acción popular a la concesionaria APP GICA la instalación de elementos de protección que permitan restringir los suicidios en el puente de la Variante de la ciudad de Ibagué.

Educardo Espinosa, personero municipal de Ibagué, dio a conocer las conclusiones y la determinación del segundo fallo del Consejo de Estado en contra de la instalación de estos elementos, los cuales podrían ayudar a prevenir más muertes en esta zona crítica de la ciudad.

“En el tema del Puente de la Variante hubo un fallo del Consejo de Estado en segunda instancia sobre la acción popular. En primera instancia se había vinculado a APP Gica y al municipio de Ibagué, ordenando dos aspectos: la línea de Política Pública de Salud Mental y unas obras en esta estructura”, explicó Espinosa.

De acuerdo con el personero municipal, hasta el momento no se ha sentido un apoyo por parte de toda la empresa, a pesar de que no se ha realizado ninguna tarea de infraestructura, como la instalación de mallas.

“Nos dejó un poco desconcertados el fallo del Consejo de Estado, ya que todo parece dirigirse hacia la idea de prevención en la política pública del suicidio. Además, no se obligó a realizar ninguna tarea de infraestructura como la instalación de mallas”, agregó.

Según Espinosa, las acciones que se están contemplando buscan instalar una malla de protección en esta zona tan concurrida y crítica para la ciudad.

“Estamos revisando las posibilidades que tenemos dentro de las causales establecidas para entablar una acción de revisión. Vemos que no será fácil; haremos un estudio juicioso. Sin embargo, si no encontramos causales para dicha acción, nos dirigiremos al despacho del magistrado que conoció la decisión y solicitaremos que se adicione la sentencia para considerar lo expuesto en primera instancia sobre los temas de infraestructura”, señaló Mora.

Por último, el jefe del ministerio público indicó que, con base en este fallo, deben tomarse acciones en un plazo de 90 días relacionadas exclusivamente con materia de salud mental, a través de iniciativas lideradas por la Secretaría de Salud.

“Así las cosas, no habrá malla; solo se limitará a la obligación consignada al municipio de Ibagué para liderar la Política Pública de Salud Mental con un plazo de tres meses para presentar ante el Concejo Municipal y priorizar una línea de atención y prevención en materia de suicidio”.

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Fuente
Alerta Tolima