Ante el Juzgado Sexto Penal del Circuito se realizó la lectura de fallo en contra de Luis Carlos Espinosa Oviedo, quien tras años de investigación se logró establecer su responsabilidad en la desaparición del cuerpo de su ahijada e imputado por el delito de homicidio agravado de la niña de 14 años de edad.
HECHOS
Para el 2 de febrero de 2014, la niña había solicitado permiso a sus padres para salir con su padrino, hacia una finca que ubicada en zona rural del barrio El Salado, por lo que la menor salió de su vivienda a las 6:30 de la mañana a esperarlo en una panadería, día en el que no se volvió a saber de ella.
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Días después a su desaparición, el cuerpo de la menor fue encontrado en los predios de la finca La Manga, ubicada en la vereda Chucuní Parte Baja, donde se halló sin su pantalón ni su ropa interior y, además, estaba en avanzado estado de descomposición, por lo que no se logró conocer la causa de la muerte.
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En cuanto a Espinosa Oviedo – el padrino de bautismo de la niña - desde un inicio siempre indicó nunca haber visto a la menor ese día, alegando que jamás lograron acordar la cita. No obstante, en las primeras investigaciones la Fiscalía solicitó orden de captura en su contra y fue detenido en agosto de 2017.
Luis Carlos Espinosa / Foto: Alerta Tolima
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PRUEBAS Y SENTENCIA
De las múltiples pruebas y los argumentos por parte del Juzgado Sexto Penal del Circuito, debido a la ardua investigación, uno de los aspectos que se estableció fue, el padrino le daba constantemente regalos como ropa interior hasta un celular y le hacía diferentes invitaciones. La Fiscalía indicó que, un día antes de la desaparición, Espinosa Oviedo se comunicó con la niña para concretar la cita del siguiente día, incluso se reveló que le había dicho cómo vestirse.
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Una testigo amiga de la familia, había reconocido a la menor cuando iba en la moto con un hombre mayor muy temprano en la mañana en aquel domingo 2 de febrero de 2014, ya que al parecer la saludó en ese momento y sería la última persona que vio con vida a la menor.
Las diferentes versiones por parte del acusado, se determinó que sus declaraciones eran incoherentes, primero dijo no haber visto a la menor, tiempo después le confesó a su hermano que la había recogido ese día y la había llevado hasta el sector de Mirolindo donde la esperaban tres amigos para ir a una fiesta, después se contradijo al decir que la supuesta fiesta era en el barrio Las Américas.
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De todas formas, a través de cámaras de seguridad se observó a Espinosa Oviedo llegar en moto y tomar el camión de una empresa comercializadora de huevos, ya que el laboraba como conductor, al parecer en ese automotor condujo hasta la zona rural de Chucuní en compañía de la niña, ya que a través del seguimiento satelital se pudo obtener la ruta de desplazamiento.
Finalmente, con base en otras pruebas contundentes el despacho tomó la decisión de sentenciar a Luis Carlos Espinoza Oviedo a una condena de 300 meses de prisión equivalente a 25 años y no se le otorgó ningún beneficio, por el delito de homicidio agravado.