Alto Tribunal indicó que consultas mineras no puede vetar intereses del país
Con una votación de 5 a 1, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la consulta minera que se había desarrollado en el municipio de Cumaral (Meta) en la se había votado negativamente adelantar actividades de explotación minera por parte de la firma Mansarovar Energy.
El alto tribunal determinó que la consulta popular ya no podrá frenar definitivamente la extracción y explotación minera, esto debido a que prevalece el interés de nacional y no el municipal o regional. La Corte avaló la ponencia de la magistrada Cristina Pardo que advertía que las consultas mineras deberían ser la última opción para frenar la extracción de cualquier minera.
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En ese sentido, fuentes de la Corporación explicaron que “la minería tiene un interés Nacional y la decisión de una localidad no puede imponerse a la de la Nación". Igualmente reiteraron que las consultas populares no pueden conducir al veto de las decisiones de la Nación por lo cual “no se podría impedir que haya minería en todo el país porque es la decisión de un solo municipio”.
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La decisión de la Corte además va encaminada a que la Nación y el territorio que no desee la minería tienen que llegar a acuerdos y fórmulas de solución, si ello no ocurre sería el legislativo el que tome la última decisión sobre la extracción en un determinado lugar. De esta manera, el alto tribunal dio un plazo de dos años al Congreso para que expida una regulación sobre la importancia ambiental y social del país frente a la extracción minera.
Fuente: sistema Integrado de Información