El Consejo Municipal para la Prevención y Erradicación del Abuso Sexual emitió una serie de recomendaciones para los medios de comunicación de la ciudad sobre cómo se deben informar los casos que vinculen a menores de edad, adolescentes y mujeres.
De acuerdo con el informe del Consejo, los medios de información deben tener en cuenta el artículo 44 de la Constitución Política, el cual se refiere a que la salud y la integridad física son derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
“Además, según el artículo 47 del Código de infancia y adolescencia, los medios de comunicación se deben abstener de entrevistar, dar el nombre, divulgar datos que identifiquen o que puedan conducir a identificación de niñas, niños y adolescentes que hayan sido víctimas, autores o testigos de hechos delictivos”, dijo Gelver Dimas Gómez, secretario de Salud.
“Es preciso resaltar que las mujeres tienen derecho a salvaguardar su intimidad y debemos dar garantía de la no generación de acciones de discriminación”, agregó Gómez.
Esto último se basa en el artículo 7 de la Ley 1257 de 2008, por medio de la cual se reglamenta la sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.
“Las niñas, niños y adolescentes tienen los mismos derechos fundamentales universalmente reconocidos a los adultos, pero aquellos, por sus propias características, se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, lo que demanda mayor atención y protección por parte de la sociedad”.
Y concluyó: “Estas recomendaciones las hacemos para evitar la re-victimización y la obstaculización de las investigaciones judiciales y los procesos administrativos de restablecimiento de derechos. Queremos ayudar a que haya decisiones ejemplarizantes”.
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